Derecho a disfrutas asuntos propios ("Moscosos")

Soy funcionario de administración local (Diputación Provincial). He estado todo el año 2008 de baja médica y a mediados de este mes de enero me van a dar el alta administrativa.
En el convenio vigente se contempla que las vacaciones pueden cogerse hasta el día 20 de enero y los asuntos propios hasta el 31 de enero del año siguiente al que se han generado.
Mi pregunta es: ¿Puedo coger los días por asuntos propios aún habiendo estado todo el año 2008 sin trabajar?

1 respuesta

Respuesta
1
Perdona por la tardanza, he estado fuera.
Una baja laboral, no quita de tus días personales, e incluso vacaciones, una cosa no tiene que ver con la otra. A disfrutarlos!
Cualquier cosa, consúltame.

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