Dado de baja antes de la resolución para una incapacid

Buenos dias.Puede la empresa cursar la baja en la tesoreria de la seguridad social a un trabajador en espera de una resolucion de la seguridad social para la concesion de una incapacidad permanente antes de que le llegue la resolucion conforme se le aprueba.Entiendo que una copia de la resolucion le llega a al trabajador y otra a la empresa y sera en ese momento cuando la empresa pueda dar de baja al trabajador por que pasa a ser pensionista y no antes de que se reciba dicha resolucion.
El que pregunta es el trabajador,en este caso YO.Dos cosas mas:-La semana pasada recibo un mensaje en el movil de la S.S que dice que la incapacidad permanente se ha resuelto favorablemente a mi favor.En todo caso el mensaje no dice si es una incapacidad parcial o total y sera la resolucion la que diga de cual se trata.-Ayer dia 19.12.08 me llega otro mensaje al movil de la TGSS que dice:tramitada baja de fecha 3.12.08 solicitada por -mi empresa-mas informacion en el telefono de la seguridad social.Es legal lo que ha hecho mi empresa,darme de baja con antelacion a la llegada de la resolucion?.En todo caso entiendo que si se trata de una IPtotal procedera el darme de baja,pero no en el caso de si se trata de una IPparcial que seguiria siendo trabajador de la empresa.Quien cotiza esos dias por mi,es decir del dia 3-23-08 hasta la llegada de la resolucion,entiendo que la seguridad social te abona los atrasos pero que pasa con las cotizaciones?Un saludo .

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Tu pregunta ha salido más de la mitad mal. No obstante, creo entenderla. Las empresas pueden a partir de los 180 días, darte de baja de la seguridad social, en caso de incapacidad parcial. Evidentemente, la seguridad social se hace cargo de tu cotización en ese momento. Es lo mismo, que una baja por maternidad.

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