Empresas de un mismo grupo - derecho laboral

Trabajo en un grupo de empresas. Ahora mismo soy trabajadora de una de ellas y soy delegada sindical. En enero del próximo año (2009) han decidido trasladarme a otra empresa del mismo grupo, perdiendo así mi cargo sindical, pero manteniendo un año de inmunidad ante despidos (o eso es lo que me ha comentado mi enlace en el sindicato). Pero, junto a mi hay otros compañeros, que también van a ser trasladados a la misma empresa que yo. Justamente, hay uno de ellos que hace años ya fue trasladado de otra de las empresas del grupo, y, entonces, no le mantuvieron la antigüedad. Mi pregunta es, para mi y para mis compañeros, qué debemos tener en cuenta, principalmente, cuando tengamos que firmar los documentos de cambio de empresa. Ya han despedido a todos los temporales y han empezado con los indefinidos, y nos tememos que esto sea alguna estratagema para deshacerse de nosotros a más bajo coste. ¿Puede perjudicarnos en algún sentido este cambio? Porque los implicados llevamos entre 3 y 6 años en la empresa. Muchas gracias de antemano a aquellos que puedan contestarme, porque es una difícil situación para nosotros.

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En primer lugar, cuanto tiempo llevas de delegada, el mandato son 4 años, más uno de garantía frente a despidos. Si aun estas dentro de tu mandato, es decir dentro de los 4 años, no tienes porque se trasladada, salvo que tu lo apruebes.
Otra pregunta, aun siendo un grupo de empresas, imagino que cada centro de trabajo tendrá su identificación fiscal (CIF), puede que incluso nombre comercial distinto en cada uno. Que las lecciones sindicales, se realizaron por centros de trabajo, diferenciando unos de otros. Tu junto con alguien más fuisteis elegidos en el centro donde trabajas, no en el otro donde quieren cambiarte, acierto.
Si te cambian, primero, tiene que ser porque tu quieras. Ademas con mucha seguridad perderás, cualquier derecho que tuvieras como representante legal de los trabajadores. Por mucho que te diga el representante del sindicato. Ya que los trabajadores de la empresa donde vas, no te han elegido, por lo tanto y legalmente, tu no les representas, salvo que las elecciones sindicales, se ralizaran en todos los centros de trabajo de forma conjunta y todos los trabajadores de los mismos votaran, las mismas candidaturas, en un centro que en otro.
Yo te preguntaría, ¿qué motivos le llevan a la empresa para tomar esta decisión de traslado?
Te firmaría la empresa un documento donde se te reconocieran tus derechos laborales, ¿personales y como delegada de personal?
Muchas gracias por tu rápida respuesta.
Pues ya fui trasladada, físicamente, a la empresa a la que me quieren pasar ahora laboralmente. Es decir, son un grupo de empresas, distintas, con distintos CIFs, que se dedican al mismo sector. Han centralizado, en esta empresa, la administración. Es por ello que todos los administrativos de las empresas satélite, por llamarlas de alguna manera, hemos pasado a las instalaciones de esta empresa central. Es, desde aquí, desde donde se gestiona la admon y la contabilidad del resto. Somos 10 personas y cada uno de una empresa, hasta de 5 empresas distintas. La idea es, que una vez acabado el proyecto de centralizar la admon, se regularicen los contratos, y de ese modo, todos nosotros pasemos a formar parte de esa empresa central, en la que actualmente estamos trabajando ya. El desencadenante parece ser una reciente inspección de trabajo, aunque sabemos que están haciendo todo tipo de maniobras para empezar a despedir gente sin tener que indemnizar. Así que nos tememos que aprovechen la situación para deshacerse de algunos de nosotros. Estuve hablando con el delegado sindical y con el de RRHH y se me prometió que se intentaría hacer algún tipo de documento en el que se me respetasen los derechos como delegada, pero no confío mucho en ellos.
Así que tal vez haga caso de tus recomendaciones y decida no cambiarme. Aunque de todos modos, me comentó el del sindicato que sí tengo un año siendo del mismo grupo y habiéndose producido el cambio. Ya no sé que pensar de todas formas.
Muchas gracias y un saludo,
A mi no tienes porque hacerme caso, yo solo asesoro, y si puedo ayudar en algún caso, pues mejor que mejor.
Pero no te fíes mucho de quienes te digan que tienes derecho a ese año de garantía, como delegada.
Te repito, y tenlo muy presente, y antes de firmar nada preguntalo muy bien.
Cuando se hicieron elecciones sindicales, se hicieron por centros separados, si la respuesta es SI.
Tu no has sido elegida como delegada, por los trabajadores, del nuevo centro, por lo tanto tu ya no eres delegada.
Si ademas de esto, lo que me da entender es que, seria como un despido, en la primera empresa, para ser contratada, en la otra. Peor todavía, perderás todo, incluso la antigüedad. Mucho cuidado con esto.
Habla con ellos y consigue un documento donde se te reconozca tus derechos.
Si no lo hacen sera por que algo tienen que ocultar. Lo diga quien lo diga, incluso el del sindicato, y más cuando conoces algún caso de compañeros, que les paso lo mismo.
Te remito este articulo del ET
Artículo 68. Garantías.
Los miembros del comité de empresa y los delegados de personal, como representantes legales de los trabajadores, tendrán, a salvo de lo que se disponga en los convenios colectivos, las siguientes garantías:
1.Apertura de expediente contradictorio en el supuesto de sanciones por faltas graves o muy graves, en el que serán oídos, aparte del interesado, el comité de empresa o restantes delegados de personal.
2. Prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto de los demás trabajadores, en los supuestos de suspensión o extinción por causas tecnológicas o económicas.
3. No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a la expiración de su mandato, salvo en caso de que ésta se produzca por revocación o dimisión, siempre que el despido o sanción se base en la acción del trabajador en el ejercicio de su representación, sin perjuicio, por tanto, de lo establecido en el artículo 54. Asimismo no podrá ser discriminado en su promoción económica o profesional en razón, precisamente, del desempeño de su representación.
4.Expresar, colegiadamente si se trata del comité, con libertad sus opiniones en las materias concernientes a la esfera de su representación, pudiendo publicar y distribuir, sin perturbar el normal desenvolvimiento del trabajo, las publicaciones de interés laboral o social, comunicándolo a la empresa.
5.Disponer de un crédito de horas mensuales retribuidas cada uno de los miembros del comité o delegado de personal en cada centro de trabajo, para el ejercicio de sus funciones de representación, de acuerdo con la siguiente escala: delegados de personal o miembros del comité de empresa:
1.Hasta cien trabajadores, quince horas.
2.De ciento uno a doscientos cincuenta trabajadores, veinte horas. 3.De doscientos cincuenta y uno a quinientos trabajadores, treinta horas.
4.De quinientos uno a setecientos cincuenta trabajadores, treinta y cinco horas.
5.De setecientos cincuenta y uno en adelante, cuarenta horas.
Podrá pactarse en convenio colectivo la acumulación de horas de los distintos miembros del comité de empresa y, en su caso, de los delegados de personal, en uno o varios de sus componentes, sin rebasar el máximo total, pudiendo quedar relevado o relevados del trabajo, sin perjuicio de su remuneración.
Solo es para pedirte, por favor, que si has terminado la consulta.
Agradezco mucho la rápida respuesta al problema. He consultado con el sindicato y nos han aconsejado poner los 5 sentidos a la hora de firmar. De hecho, si puedo, solicitaré la presencia del enlace sindical que tenemos ahora mismo en la firma del traspaso. Me han recomendado prestar especial atención a un punto en que haga referencia a la antigüedad, salario y condiciones. Es decir, que se especifique en el documento que se nos conserva la antigüedad, el salario y las condiciones. Si eso no se especifica, no debo firmar bajo ningún concepto.
De todos modos, cuando llegue el momento de la firma intentaré contar lo sucedido, por si le sirve a alguien en el futuro.
Muchas gracias por todo.

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