Portavoz sindical

Me ha surgido la siguiente duda ¿qué diferencia hay entre un delegado sindical y un portavoz sindical? ¿Qué funciones y privilegios tiene cada uno?

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Respuesta
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Un portavoz habla en nombre del sindicato, un delegado sindical representa al sindicato y a las personas afiliadas al mismo en el centro de trabajo. El portavoz sindical no tiene por qué ser una persona que trabaja en la empresa, el delegado sindical si, y tiene la misma inmunidad y crédito horaruio que un miembro del comité.
El portavoz no tiene esos privilegios, pero puede estar siempre que queráis, el delegado sindical, si no hay nada diferente en convenio, se puede crear a partir de plantillas de más de 250 trabajadores, y tiene derecho a asistir a todas las reuniones de comité o entre comité y la empresa, con voz y sin voto, ya que no representa a los trabajadores como el comité, solo al sindicato. No se le puede negar la asistencia a esas reuniones, al portavoz sindical si.
Muchas gracias por la respuesta.
¿En qué artículos puedo encontrarlo? Estoy estudiando Relaciones Laborales y me interesa saber buscar por mi misma este tipo de respuestas...
Muchas gracias de nuevo

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