3er día para la baja
Hola,
Trabajo como empleado en una pequeña empresa barcelonesa de menos de 5 empleados, en la que no hay definidas apenas políticas aún. Estamos bajo el convenio de oficinas y despachos.
Hasta el momento nunca había pedido la baja laboral pero me ha ocurrido lo siguiente, yo creía que no era necesario pedirla hasta el 3er día, por lo tanto si durante dos días me encuentro mal y no voy a trabajar no tengo que llevar justificante alguno y conservo el derecho a remuneración. Entiendo que se trata del artículo 37.3 del estatuto de los trabajadores (aunque no me queda claro si con enfermedad solo se refieren a la de un pariente o también la propia).
Pedí la baja un viernes (3er día que no iba a trabajar) y el alta el lunes, con lo que el martes ya iba a trabajar. Mi sorpresa ha sido al enterarme que este mes voy a cobrar 4 días naturales menos puesto que me cuentan sábado y domingo y me dicen que la baja la tendría que haber pedido el primer día. Buscando un rato, veo que es normal... ¿verdad? Algún amigos ha estado de baja varios días y han cobrado lo mismo... Será por el convenio pero yo no veo que en el mío diga nada de que los 3 primeros días de la baja no se remuneran por el rollo este de los días de purga...
Me dicen lo siguiente:
Del 1er. Día de la baja al 3º no se abona nada.
Del 4º día al 15º día lo paga la empresa.
Del 16º en adelante lo paga la Seg. Social.
Como la jefa es extranjera le explico que aquí se pide la baja el tercer día y me dice que nos va a pedir que a partir de ahora si un día no estamos bien y no vamos a trabajar pidamos la baja directamente el mismo primer día... Comportando la situación 1 día trabajado = 1 día no cobrado... Para los 3 primeros días.
Nuestras dudas son las siguientes:
-¿Puede obligarnos a pedir la baja el primer día? Si no estaba hablado de antes y no lo pone ni en el estatuto ni en el convenio de oficinas y despachos... ¿necesita un acuerdo con los empleados o no le hace falta? Los empleados estamos evidentemente en contra pero no conocemos si tenemos voz ni voto en este asunto
-En caso de que la baja se pida efectivamente el tercer día, ¿los dos primeros días son remunerados? ¿Únicamente al pedir la baja afectaría al sueldo de ese mes?
-Cuando pedimos la baja el tercer día de no ir al trabajo, ¿esta tiene que ser en fecha de ese día o del primer día que no se fue a trabajar? Yo la pedí el 3er día y le debe joder tener que pagar estos dos primeros días que no hice nada y de ahí el querer que pidamos la baja el primer día...
Bien, no sé como agradeceros esto de antemano, somos tan pequeños que no hay nadie en la empresa a quien podamos acudir para estos temas así que muchas gracias anticipadas por vuestras explicaciones,
un saludo
Trabajo como empleado en una pequeña empresa barcelonesa de menos de 5 empleados, en la que no hay definidas apenas políticas aún. Estamos bajo el convenio de oficinas y despachos.
Hasta el momento nunca había pedido la baja laboral pero me ha ocurrido lo siguiente, yo creía que no era necesario pedirla hasta el 3er día, por lo tanto si durante dos días me encuentro mal y no voy a trabajar no tengo que llevar justificante alguno y conservo el derecho a remuneración. Entiendo que se trata del artículo 37.3 del estatuto de los trabajadores (aunque no me queda claro si con enfermedad solo se refieren a la de un pariente o también la propia).
Pedí la baja un viernes (3er día que no iba a trabajar) y el alta el lunes, con lo que el martes ya iba a trabajar. Mi sorpresa ha sido al enterarme que este mes voy a cobrar 4 días naturales menos puesto que me cuentan sábado y domingo y me dicen que la baja la tendría que haber pedido el primer día. Buscando un rato, veo que es normal... ¿verdad? Algún amigos ha estado de baja varios días y han cobrado lo mismo... Será por el convenio pero yo no veo que en el mío diga nada de que los 3 primeros días de la baja no se remuneran por el rollo este de los días de purga...
Me dicen lo siguiente:
Del 1er. Día de la baja al 3º no se abona nada.
Del 4º día al 15º día lo paga la empresa.
Del 16º en adelante lo paga la Seg. Social.
Como la jefa es extranjera le explico que aquí se pide la baja el tercer día y me dice que nos va a pedir que a partir de ahora si un día no estamos bien y no vamos a trabajar pidamos la baja directamente el mismo primer día... Comportando la situación 1 día trabajado = 1 día no cobrado... Para los 3 primeros días.
Nuestras dudas son las siguientes:
-¿Puede obligarnos a pedir la baja el primer día? Si no estaba hablado de antes y no lo pone ni en el estatuto ni en el convenio de oficinas y despachos... ¿necesita un acuerdo con los empleados o no le hace falta? Los empleados estamos evidentemente en contra pero no conocemos si tenemos voz ni voto en este asunto
-En caso de que la baja se pida efectivamente el tercer día, ¿los dos primeros días son remunerados? ¿Únicamente al pedir la baja afectaría al sueldo de ese mes?
-Cuando pedimos la baja el tercer día de no ir al trabajo, ¿esta tiene que ser en fecha de ese día o del primer día que no se fue a trabajar? Yo la pedí el 3er día y le debe joder tener que pagar estos dos primeros días que no hice nada y de ahí el querer que pidamos la baja el primer día...
Bien, no sé como agradeceros esto de antemano, somos tan pequeños que no hay nadie en la empresa a quien podamos acudir para estos temas así que muchas gracias anticipadas por vuestras explicaciones,
un saludo
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Respuesta de levantino
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