3er día para la baja

Hola,
Trabajo como empleado en una pequeña empresa barcelonesa de menos de 5 empleados, en la que no hay definidas apenas políticas aún. Estamos bajo el convenio de oficinas y despachos.
Hasta el momento nunca había pedido la baja laboral pero me ha ocurrido lo siguiente, yo creía que no era necesario pedirla hasta el 3er día, por lo tanto si durante dos días me encuentro mal y no voy a trabajar no tengo que llevar justificante alguno y conservo el derecho a remuneración. Entiendo que se trata del artículo 37.3 del estatuto de los trabajadores (aunque no me queda claro si con enfermedad solo se refieren a la de un pariente o también la propia).
Pedí la baja un viernes (3er día que no iba a trabajar) y el alta el lunes, con lo que el martes ya iba a trabajar. Mi sorpresa ha sido al enterarme que este mes voy a cobrar 4 días naturales menos puesto que me cuentan sábado y domingo y me dicen que la baja la tendría que haber pedido el primer día. Buscando un rato, veo que es normal... ¿verdad? Algún amigos ha estado de baja varios días y han cobrado lo mismo... Será por el convenio pero yo no veo que en el mío diga nada de que los 3 primeros días de la baja no se remuneran por el rollo este de los días de purga...
Me dicen lo siguiente:
Del 1er. Día de la baja al 3º no se abona nada.
Del 4º día al 15º día lo paga la empresa.
Del 16º en adelante lo paga la Seg. Social.
Como la jefa es extranjera le explico que aquí se pide la baja el tercer día y me dice que nos va a pedir que a partir de ahora si un día no estamos bien y no vamos a trabajar pidamos la baja directamente el mismo primer día... Comportando la situación 1 día trabajado = 1 día no cobrado... Para los 3 primeros días.
Nuestras dudas son las siguientes:
-¿Puede obligarnos a pedir la baja el primer día? Si no estaba hablado de antes y no lo pone ni en el estatuto ni en el convenio de oficinas y despachos... ¿necesita un acuerdo con los empleados o no le hace falta? Los empleados estamos evidentemente en contra pero no conocemos si tenemos voz ni voto en este asunto
-En caso de que la baja se pida efectivamente el tercer día, ¿los dos primeros días son remunerados? ¿Únicamente al pedir la baja afectaría al sueldo de ese mes?
-Cuando pedimos la baja el tercer día de no ir al trabajo, ¿esta tiene que ser en fecha de ese día o del primer día que no se fue a trabajar? Yo la pedí el 3er día y le debe joder tener que pagar estos dos primeros días que no hice nada y de ahí el querer que pidamos la baja el primer día...
Bien, no sé como agradeceros esto de antemano, somos tan pequeños que no hay nadie en la empresa a quien podamos acudir para estos temas así que muchas gracias anticipadas por vuestras explicaciones,
un saludo

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Aun no gustándote, creo que la empresa tiene razón, en su planteamiento, por lo tanto estaría en su derecho el pedir el parte de baja desde el 1º día.
El articulo que mencionas del ET, hace referencia a los permisos retribuidos, es decir a los permisos, que los trabajadores tenemos derecho a disfrutar y pagados por la empresa, pero también dice el mismo ET, que serán con justificación y previo aviso a la misma.
El trabajador tiene la obligación de asistir al medico, para que le de asistencia medica en los casos de enfermedad, el medico, sera quien en función de lo que determine, dará la baja al trabajador, desde ese mismo día, hasta el alta, que la dará el mismo medico.
El trabajador, en el plazo más breve posible, hará llegar a la empresa el parte de baja, si tu no puedes cualquier familiar, amigo, compañero, si no es posible esto, por fax, burofax, correo certificado, etc.
En el caso que tu expones, entiendo a la empresa, y te diré porque.
Los días que no vamos a trabajar, pero tampoco los justificamos, a la empresa, le costamos un importe por seguridad social, y demás conceptos.
Los días que estamos de baja, esos gastos hacia las empresa, se reducen considerblemente, de hay las quejas cuando ni vamos altrabajo, ni justificamos esos días.
La empresa estaría en su obligación, si quisiera de descontarnos los gastos ocasionados, entonces verías que si es necesario el justificante medico.
Si a otros conocidos tuyos, les pagan esos días, como tu bien dices, sera cosa del convenio.
Al tercer día de ausencia al trabajo, la empresa legalmente, puede darte la baja en la misma, por abandono del trabajo, y seria un despido procedente, sin finiquito, ni desempleo.
En la baja por enfermedad, es cierto que los tres primeros días no se cobra de nadie.
Ten cuidado en caso como el que cuentas, pides la baja un viernes, cuando llevas ya días ausente del trabajo, la llevas el lunes, que seria tu 5-6 día de ausencia en la misma, o falta del trabajo, la empresa puede negarse a aceptarla al no llavarla a tiempo, tienes 5 días como máximo desde el primer día que te cuenta la baja.
Es cierto lo que te cuentan, en baja por enfermedad, los 3 primeros días, no se cobra, desde el 4 y hasta 15 lo paga la empresa, del 16 al 20 la SS, estos días son al 60% de la base reguladora del mes anterior a la baja.
A partir del día 21, lo paga la SS, al 75% de la misma base reguladora.
Cuando decidas dar por terminada la consulta.
Muchas gracias por la explicación.
me queda la siguiente duda...
Supongamos que me pongo enfermo, y tal y como me pide la empresa voy al médico el primerísimo día. Si el médico considera que el 3er día ya estaré bien entiendo que no me dará la baja laboral cobrando así esos días. En tal caso entiendo que obtendría justificación con los papeles de la visita y podría realizar el aviso de los días de ausencia al salir de la visita.
¿Puede la empresa exigirme la baja aún el médico no habiéndolo considerado necesario para ahorrarse pagarme el día o dos que hubiera faltado al trabajo?
Gracias de nuevo
Si el medico, en la visita que puedas realizar, entiende que con tres, dis, puedes estar recuperado, te tiene que dar un parte de baja-alta, el medico siempre tiene que darte el parte de baja, cuando crea que debes estar en cama o reposo varios días, o bien por que el periodo de recuperación sea superior a los días que estamos comentando.
Cuando el medico no te de el alta, sera cuando el considere que con lo que te prescriba tendrás suficiente, para curarte, sin necesidad de baja laboral.
Cuando el medico no te de el parte de baja, puede ser en un fin de semana, por ejemplo, si acudes un viernes, y el medico cree que con sábado y domingo en reposo, tendrás suficiente: De esa forma tu no pierdes nada en absoluto, ya que esos días como todo fin de semana, esta regulado por ley, que son días pagados. Y la empresa tampoco te podrá solicitar ningún parte de nada.
Siempre que acudas a la consulta del medico, en horario laboral, pide un justificante para la empresa.

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