Vacaciones

Buenos días. Mi consulta es sobre las vacaciones. Mi empresa impone los periodos de vacaciones, ya que el centro cierra. El convenio es "Establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia sanitaria, consultas y laboratorios de análisis clínicos".
El problema es que este año cierra en diciembre, y como ya hemos agotado nuestras vacaciones, van a descontarnos de las vacaciones del 2009 cinco días. Estos cinco días son el día 24 de diciembre, y luego el 29, 30, 31 y 1 de enero.
Dicen que como nos incorporamos el 2 de enero, nos cuenta como vacaciones el día 1 (festivo nacional). Yo, puesto que entiendo las razones de la empresa para cerrar en esa fecha, y aun sabiendo que no se pueden coger vacaciones del 2009 en el 2008, me adapto al cierre, pero no estoy de acuerdo en que se nos cuente el día 1 de enero como vacaciones. Su argumento es que "si juntas más de dos días de vacaciones, se cuenta como vacaciones hasta que te incorpores a trabajar".
¿Dónde está escrito eso?, no lo he visto ni en el Estatuto de los trabajadores ni en el Convenio.
¿No deberían ser los días de vacaciones en este caso establecidos por mutuo acuerdo?.
Muchas gracias.

1 respuesta

Respuesta
1
Lo primero y principal es que ninguna empresa puede imponer las vacaciones a ningún trabajador y mucho menos si lo hacen con menos de 2 meses de preaviso, ya que el ET dice que el trabajador tiene derecho a conocer las vacaciones con dos meses de antelación y que se disfrutarán en períodos de mutuo acuerdo. Además, aunque lo hubieran preavisado y acordado, no pueden coger en ningún caso vacaciones del año que viene. Si hay poco trabajo no es vuestro problema, sino que ese es el tipo de problema que tiene quien monta una empresa, ya que para disfrutar de los beneficios y de que otros trabajen para ti, también tienen que sufrir los inconvenientes. Ante este abuso puedes poner demanda de anulación de vacaciones en el juzgado de lo social. Es un juicio rápido y gratuito que ganarás con toda seguridad por lo de los 2 meses. Por tanto en el 2009 volverás a tener tus vacaciones íntegras.
En cuanto al cómputo del festivo, depende de cómo lo diga tu convenio. Si no dice nada entonces se cuenta en días naturales y es cierto entonces que el 1 contaría como vacaciones. Si dice en días hábiles entonces no cuenta como vacaciones.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas