Quien paga la baja laboral por AT

Quería saber quien tiene que pagar la baja laboral por accidente de trabajo, ya que el jefe de mi padre dice que no le puede pagar ahora porque va muy mal de dinero. Me parece que la que paga es la mutua, pero lo que no se es si ellos le pagan al empresario y luego el se lo tiene que pagar a mi padre, o le tiene que pagar la mutua directamente. Mi padre es carpintero y se ha cortado una falange del dedo pulgar de la mano derecha hace 3 meses. Ahora esta haciendo recuperación pero la mutua ya mismo le quiere enviar a trabajar. Con el dedo como lo tiene ahora no va a poder hacer lo que hacía antes, aparte de que tiene la carne del dedo super sensible y todavía no tiene mucha fuerza en toda la mano ni en el brazo y le duele bastante el hombro y el brazo de las 2 operaciones que le hicieron. ¿Le pueden enviar a trabajar cuando ellos quieran? Porque una cosa es un trabajo de administrativo o algo parecido y otra de carpintero donde hay que coger mucho peso y agarrar bien las maderas y todo eso. ¿Puedoe pedir indemnización o un grado de incapacidad por haberse cortado un trozo de dedo? ¿Cómo debe hacerlo?

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Hay unas tablas de indemnizaciones en las que es eincluye la perdida de la tercera falange que supongo es el caso. Son de unos 500 euros a 700 más o menos, dependiendo del dedo o la mano derecha o izquierda. Exige la indemnización a la mutua.
La baja la paga la empresa, y esta le ha de exigir el dinero a la mutua, por lo que eno veo por qué no le pagan. Si nole pagan, que haga una reclamación decantidades denunciando.
Si le dan la baja muy pronto, que vaya al medico de cabecera y le de la baja, y te informe para hacer una reclamación de contingencias, de modo que le exigirán el dinero a la mutua. Si les dices que vas a hacer este paso, la mutua seguro que cambia de actitud, y ademas les dices que te den las hojas de reclamaciones para reclamar un alta inadecuada. Las mutuas prueban de sacarse a la gente de encima porqu eno suelen hacer nada, pero si ven que vas a hacer algo enseguida cambian de actitud.
Si no se ve capaz de hacer el mismo trabajo tras el accidente, que esté 12 mese sde baja y pasará tribunal medico, donde le darán un grado de invalidez si es el caso.
En grado de incapacidad sera el tribunal medico quien lo dictamine, que puede ser parcial, total, absoluta o gran invalidez. En vuestro caso seria parcial(24 mese sde sueldo de indemnización y puede seguir con el mismo trabajo con limitaciones), o total (dejaría la empresa, se quedaría con una paga de 55% y podría trabajar en otra cosa.
Muchísimas gracias por la respuesta. Me gustaría que me aclararas unas dudas que tengo. Si ahora mi padre empieza a trabajar y vé que se ha precipitado y realmente no está bien para trabajar, ¿qué debe hacer para coger otra vez la baja? ¿Ir a la mutua o al médico? Y si se da cuenta de que realmente no puede hacer el mismo trabajo que antes, ¿es necesario que esté de baja los 12 meses para ir al tribunal médico y que le den la invalidez parcial? Porque eso lo puede saber en cuanto vuelva a trabajar y vea lo que puede hacer y lo que no, ¿verdad?
Otra cosita, si estando de baja mi padre, el jefe cierra la empresa o se jubila, ¿en qué posición queraría mi padre? ¿Qué le correspondería? Es una empresa pequeña y los planes es que cierre para abril del año que viene porque han vendido los terrenos, pero el jefe no les ha dicho nada de lo que tiene pensado hacer con los trabajadores. Mi padre tiene 61 años y estamos un poco perdidos sobre lo que puede hacer cuando la empresa cierre.
Muchas gracias
Para decidir si puede o no trabajar, eso no lo deciden ni vosotros, ni los médicos de la mutua ni de la SS, sino el tribunal medico, que entra en acción de modo automático cuando llevas 12 meses de baja, pero puedes hacer una solicitud al INSS (instituto nacional de la Seg social) para pasar el tribunal medico antes. En la seg. Social de tu localidad te informarán del procedimiento, o tu mismo medico de cabecera.
Si no se ve capaz de trabajar, ha de pedir la baja a la mutua, ya que es causa de accidente de trabajo. Solo si la mutua pone pegas, que se la den en la S.S. y que pida reclamación de contingencias y pedís la hoja dereclamaciones a la mutua.
Sobre lo que epasaria si la empresa cierra estando de baja, no te preocupes, está de baja laboral pero de alta en la empresa, por lo que eno hay diferencia alguna si está de baja o no. La indemnización que le correspondería sería la misma.
Mucha suerte y saludos

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