Dudas con el Finiquito

Hola, soy Mikel, y mi pregunta es la siguiente:
El día 13 de agosto, después de una discursion con mi jefe, deje el trabajo, por iniciativa propia y sin dar el plazo de 15 días, en una panadería.
Hoy he ido a firmar el finiquito y me he encontrado con la duda de si la parte proporcional de la paga de navidad me corresponde desde el día 1 de Enero o desde el 1 de Julio, ya que en el convenio que tengo no lo especifica.
Muchas gracias por su atención

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El convenio debe establecer si las pagas extraordinarias son de devengo anual o semestral, si este no dijera nada deberás comprobar como te pagaron la primera paga extraordinaria, en función del devengo de la primera paga extraordinaria tendrán que pagarte el finiquito actual.
Otra forma de saberlo es comprobando el finiquito, si en este aparecen ambas pagas: verano y navidad, el devengo sería anual y en este caso deberían pagarte la paga de navidad desde enero (siempre que lo estén haciendo correctamente, por lo tanto debes comprobar tu primera paga).
Muchísimas gracias por tu respuesta, y también por la rapidez en contestar, te lo agradezco mucho.
Comprobare lo que me aconsejas y resolveré mi duda.
Muchas gracias otra vez

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