Tiempo de excedencia

Hola, ¿quisiera saber si el periodo de excedencia laboral es el mismo por cuidado de hijos que por otros motivos?
¿En ambos casos se puede trabajar en otra empresa?
¿En ambos casos se sigue cotizando la seguridad social?
Gracias

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La excedencia voluntaria puedes pedirla de 4 meses a 5 años, y solo te da derecho a reserva del puesto de trabajo. No se cotiza durante este periodo.
La excedencia especial por cuidado de hijos puede ser hasta de 3 años desde el nacimiento, durante el primer año se tiene derecho a reserva del puesto de trabajo, y este periodo cuenta como antigüedad, la empresa no cotiza durante este periodo. Aunque la seguridad social tendrá en cuenta los dos primeros años de excedencia, en este supuesto, como cotizados.
¿Hola gracias por la aclaración por lo que me cuentas entonces si pido la excedencia por cuidado de hijos no podría trabajar en una segunda empresa?
Si podrías trabajar, en ese caso la cotización de la empresa en la que trabajas sería la que se tendría en cuenta, para lo que podrías tener más problemas sería para cobrar desempleo.

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