Finalización excedencia

Hola, el próximo mes de Noviembre finaliza mi excedencia de 2 años. Sé que no puedo cobrar el paro mientras dure ese período, pero como os digo finaliza en un par de meses. Mi pregunta es la siguiente, no tengo intención de volver a mi antigua empresa por lo que si no notifico nada a la misma cuando se cumpla la fecha entiendo que finaliza toda nuestra relación laboral. Por otro lado, estoy mirando la posibilidad de dejar mi actual puesto de trabajo y establecerme por mi cuenta, para ello he pensado en pedir todo el paro que me corresponda en un único pago y poder así crear mi propia empresa. En resumen, si espero a que finalice mi excedencia ¿puedo solicitar que me paguen el desempleo que me corresponde para crear mi propia empresa o, el haber estado de excedencia hasta hace poco tiempo me recorta o dificulta la solicitud?. Gracias por adelantado.

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Para poder cobrar el paro tenías que haberlo solicitado en el plazo de 15 días hábiles desde que finalizaste tu último contrato, si es que tuviste uno después de la excedencia. Tenías que haberlo pedido y entonces, como estabas en excedencia, no te lo darían a no ser que pidieras tu reincorporación en la empresa y ésta te lo negara por escrito. Entonces podías haber cobrado el paro.
Si pediste excedencia y no has trabajado entonces sólo podrás cobrar el paro si solicitas tu reincorporación al acabarla y la empresa te la niega por escrito.
Una vez que generes el derecho al paro se verá si tienes derecho a acumularlo. Pero sin negativa escrita de reincorporación no hay paro.
Hola, gracias por contestar. Te comento mi situación actual para ver si eso aclara los pasos a seguir. Yo ahora estoy trabajando en otra empresa, y dentro de un par de meses finaliza mi excedencia en una empresa anterior. Entiendo que si no notifico nada a mi antigua empresa la excedencia se dará por terminada y yo no tendré que pedir reincorporación alguna puesto que el período de excedencia ya se ha pasado (eran 2 años) y seguiré trabajando en mi actual empresa. Yo tengo actualmente contrato de trabajo y pretendo negociarlo cuando llegue la fecha de fin de la excedencia, por lo que, sin ningún problema firmaré un nuevo contrato con mi actual empresa quedando mi situación laboral libre en cuanto a la excedencia ¿es así o por el contrario tendría que ponerme en contacto con la antigua empresa?
Y por último, cuando haya seguido esos pasos, solicitaré a mi empresa actual el despido con derecho a paro para pedir todo el desempleo y crear mi propia empresa. En resumen, que me estoy liando, yo lo veo así, llega el final de mi excedencia y termina mi relación laboral por completo con la antigua empresa, renuevo contrato con mi actual empresa y llegado el momento solicito del despido con derecho a paro para poder crear mi propia empresa solicitando el pago completo por desempleo. ¿Se pueden seguir los pasos así o voy a tener problemas para cobrar el paro?
Siendo así, cosa que no me habías dicho antes, entonces sí podrás cobrar el paro, siempre y cuando entre el fin de la excedencia y el fin de tu relación laboral actual pasen al menos 3 meses. Estos 3 meses no figuran en ningún sitio, pero los está aplicando el INEM por la cara para evitar fraudes.
Muchas gracias, creo que me ha quedado bastante claro. Lo de los tres meses no es muy problemático porque no es un plazo muy largo creo que, incluso, necesitaré algo más para ir organizando mi propio negocio. Es un alivio pensar que al principio podré percibir el total del desempleo para los primeros gastos de la sociedad. Gracias de nuevo y un saludo.

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