Prestación contributiva

Hola, muy buenas, mi problema es el siguiente:
Yo empecé a trabajar en una empresa el día 14 de Julio de 2007 con un contrato temporal hasta el 13 de octubre de 2007; una vez cumplido, se realizaron prorrogas hasta el día 13 de Julio de 2008. Y el día 7 de Mayo de 2008 me extinguen el contrato como consecuencia del incumplimiento grave y culpable de mis obligaciones, despidiéndome disciplinariamente con base: ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa;es decir, los motivos eran la creación de mala fama al local, mala imagen al cliente, y mal ambiente de trabajo.
Esto era falso, y lógicamente demande a la empresa; el día 23 de Julio de 2008, en un juicio verbal del orden laboral sobre despido entre partes, esta empresa reconoce la improcedencia del despido, y el juez condena a indemnizarme.
Mi duda es, si hoy 16 de Agosto de 2008, 24 días después de la sentencia del 23 de Julio, tengo derecho a la percepción de la prestación contributiva por desempleo. Espero me puedabn ayudar, muchas gracias por la molestia.
Saludos cordiales, nuevamente gracias
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Una vez la empresa te pague, que ha de pagar hasta el día que deposita el dinero en el juzgado de lo social, incluyendo los salarios como si hubieses estado trabajando hasta ese día, es cuando estás ya realmente despedido. A partir de ahí tienes 15 días para arreglar lospapeles del paro, a no ser que en el despido quedasen días de vacaciones, que si así constan será 15 días después de terminar las vacaciones. Si aun así, tardas más de 15 días, te negarán el paro al menos hasta la finalización de otro trabajo.

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