Reducción de jornada

Cuando mi mujer solicito reducción de jornada, para cuidado de un menor, dijo que quería hacer esta reducción hasta lo estipulado por ley, le dieron un papel para rellenar con un plazo de dos años. Ahora finalizan los dos años y ella ha comentado su deseo de seguir hasta que le niño cumpla 8 años, pero no le hacen caso, ella ha pedido que se le haga una renovación, y llega el día y no le dan nada para firmar. ¿Si llegado el día no ha recibido nada, puede automáticamente seguir entrando y saliendo como hasta ahora?

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El derecho a reducción de jornada y elegir el horario lo tiene ella, no la empresa. El plazo máximo es hasta que el menor de los hijos cumpla 8 años, por tanto lo único que tiene que hacer es mandar un burofax a la empresa (con acuse de recibo y certificación de texto) comunicando que continuará con su horario reducido actual (que especifique cuál es este horario) mientras siga teniendo derecho al mismo según el estatuto de los trabajadores. Con ese burofax está cubierta contra despido y si la empresa no se opone por escrito puede continuar con su horario, aunque la amenacen de forma verbal.
Lee mi artículo "reducción de jornada" en mi web para completar información.
Ella lo ha pedido por correo electrónico indicando que quiere seguir como hasta ahora y hasta que lo estipule la ley y le han contestado que le darían un anexo con el nuevo periodo hasta el plazo máximo estipulado por ley, como no se lo dan, después de mucho insistir, mi pregunta es si con este correo electrónico y la respuesta es suficiente o es necesario mandar el burofax
El correo electrónico que mandó ella no deja constancia de recibo. El que manden ellos sí que la deja, en teoría, porque siempre pueden decir que quien lo mandó no es responsable o incluso negar que lo mandaron. Además me dices que "lo pidió" y yo te he dicho que no se pide, porque con eso das lugar a la negativa. Se comunica, que es muy distinto. Manda el burofax comunicando que prorrogas el horario reducido que es medio de comunicación con constancia aceptado por todos los juzgados. Con eso no necesitas más, ni siquiera una contestación expresa en la que lo acepten, porque el horario reducido ya lo tiene y la empresa no puede alegar que le sea inconveniente porque ya lo aceptó en su día. Además, aunque realmente les fuera inconveniente da lo mismo, como explico en el artículo de mi web.
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