Responsabilidad sobre las contratas.
Hola compañero, me gustaría que me asesoraras sobre la siguiente cuestión.
Te explicaré la situación a ver que te parece. Soy trabajador de limpieza de una empresa privada y mi centro de trabajo es, unos grandes almacenes y me gustaría saber que responsabilidad tiene el principal contratante con los trabajadores de la contrata de limpieza. Respecto a salud laboral ya he ojeado la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y también he ojeado los Estatutos de los Trabajadores, aunque esto ultimo no me queda muy claro.
Te pongo un ejemplo un compañero que tiene una jornada laboral del 66,6% respecto a la jornada completa, y realiza entre 15 y 30 horas de más al mes, pero estas horas que realiza de más no van invluidas en nómina. Se las abonan a través de cheques o en efectivo firmando un recibo. ¿Tiene alguna resonsabilidad sobre esto los grandes almacenes? ¿Debe de estar informado de los contratos y las horas de más que se realizan por el servicio de limpieza?
Por lo que he entiendido en los E.T., los trabajadores nocturnos y de jornada parcial no pueden efectuar horas extras. Por otro lado también soy consciente que la empresa de limpieza defrauda a la seguridad social, ya que no cotiza las horas anteriormente referidas.
Bueno no quiero extenderme más, gracias de antemano.
Salud
Te explicaré la situación a ver que te parece. Soy trabajador de limpieza de una empresa privada y mi centro de trabajo es, unos grandes almacenes y me gustaría saber que responsabilidad tiene el principal contratante con los trabajadores de la contrata de limpieza. Respecto a salud laboral ya he ojeado la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y también he ojeado los Estatutos de los Trabajadores, aunque esto ultimo no me queda muy claro.
Te pongo un ejemplo un compañero que tiene una jornada laboral del 66,6% respecto a la jornada completa, y realiza entre 15 y 30 horas de más al mes, pero estas horas que realiza de más no van invluidas en nómina. Se las abonan a través de cheques o en efectivo firmando un recibo. ¿Tiene alguna resonsabilidad sobre esto los grandes almacenes? ¿Debe de estar informado de los contratos y las horas de más que se realizan por el servicio de limpieza?
Por lo que he entiendido en los E.T., los trabajadores nocturnos y de jornada parcial no pueden efectuar horas extras. Por otro lado también soy consciente que la empresa de limpieza defrauda a la seguridad social, ya que no cotiza las horas anteriormente referidas.
Bueno no quiero extenderme más, gracias de antemano.
Salud
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Respuesta de bergenz
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