Indemnización

Te comento:
Trabajo en una S.L., que en 4 años va ha cerrar por jubilación del gerente, puedo pedir una excedencia de 4 años. En el caso de que al acabar la excedencia vuelva a la empresa, ¿tendrá esta que indemnizarme por el cierre?. ¿Qué tipo de indemnización?
Te agradeceré alguna sugerencia
Gracias

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Si es una SL te corresponde una indemnización de 45 días por año (despido improcedente) si cierran, pero no contarían los años que estuvieras de excedencia.

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