Cuando un heredero no reclama una herencia

Expondré mi caso, por si me podéis ayudar. Soy viuda sin descendencia, cuando falleció mi marido hace 18 años y no dejo testamento, estábamos casados en régimen de gananciales, cuando falleció si tenia padres y no reclamaron la herencia mientras vivieron y ya han fallecido los dos, pero también tenia un hermano del que nunca más se supo nada de el. Yo, quiero arreglar los papeles y me han comentado que podría hacer la declaración de herederos y que tendría que estar un tiempo en el boe y si no lo reclama nadie podría hacer las escrituras de mi casa a mi nombre, no se si es así o si después de haberlo hecho, si aparece el hermano podría reclamar algo o impugnar lo hecho. De antemano muchas gracias, espero que puedan ayudarme.
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Pues para este tema necesita abogado, pues debe hacerlo en un juzgado.
Y luego, un juez dictará sentencia. Y ya sabe que lo que dice un juez, dicho está. Máxime porque apenas dejan unos días de plazo, (muy pocos) para recurrir.
Ya el resultado, como comprenderá, depende de muchas cosas. Pero para arreglarlo, hay que ir con abogado.,
Muchas gracias por tu respuesta pero ¿Entonces no valdría con que el notario con todos los papeles petinentes lo expusiera en los listados del boe? ¿Entonces qué pasos tendría que seguir? Gracias
Cuando son herederos directos, por ejemplo, de padres a hijos, la cosa está clara, pues así lo dice la Ley, que los herederos son los hijos. Entonces, con ir al notario es suficiente.
Lo que pasa es que aquí entran otras líneas hereditarias, pero encima, los padres que son los únicos a los que habría que dejar la legítima, ni la reclamaron, ni se han hecho dueños. Y además, han fallecido.
Por tanto, ya no hay legítima, pues no quedan herederos a los que les pudiera corresponder.
La Ley dice que sin hijos y descendientes, heredan los padres y ascendientes, y si tampoco los hay, quien hereda es el cónyuge sobreviviente. Osea, usted.
Pero al no haber testamento, hay que seguir unas pautas legales, pero que no le van a resultar complicadas.
Olvide lo que le dije de abogados y jueces.
Vaya directamente al notario, y con todos los documentos, que pueda aportar y los que le pidan, harán un acta y el notario marcará un plazo, que es bastante corto, y tras ello, pasará usted a ser heredera universal, porque no hay más herederos directos.
El notario, le dará cita, pasdos unos días y ya le redactará la escritura de aceptación de herencia.
Solo será usted la heredera. Nadie más.
Osea, que vaya al notario, expone el caso, le dirán los documentos que debe aportar, los aporta, y para antes del fin del verano, ya es usted dueña de todo.
Si un día apareciera el hermano, ya no tendrá derecho a nada.

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