Quienes son los herederos

Me llamo fernando y mi caso es el siguiente:
Hace 2 años mi abuelo fallecion sin otorgar testamento, al año siguiente también murió mi padre igualmente sin otorgar testamento y sin arreglar lo de mi abuelo por lo tanto yo y mi hermana pasamos a ser herederos.
Mi tío "tan bueno el", se tomo la molestia de sacar los bienes que tenia mi abuelo para repartir la herencia y cuando me los entrego resulta que había bienes que están a nombre de herederos de Mª Rosa... Que es la señora que estaba casada con el y que falleció 10 años antes sin otorgar testamento, mi abuelo tampoco arreglo nada de escrituras de la casa ni nada.
La señora que estaba casada con mi abuelo no tenia ni hijos ni padres pero si hermanos.
Mi pregunta es:
Esos bienes nos corresponden a nosotros o no.

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Hay que ver la cantidad de consultas que se me hacen con el mismo denominador en común. Parece que todo el mundo odia el dejar las cosas bien arregladas y al final, los herederos (esos hijos o nietos a los que tanto se dice que se quiere) reciben un problemón de narices.
Vamos a ver, te explico como va el tema para los casos de fallecer sin testamento.
Primero la herencia "va hacia abajo". Es decir, a los hijos.
Segundo: Si no hay hijos, heredan los nietos, pero si tampoco los hay, la herencia "va hacia arriba". Heredan los padres.
Tercero. A falta de todos los anteriores, la herencia va "hacia los lados": Heredan los colaterales.
Como me dice que su abuela murió diez años antes que su abuelo, y sin haber hecho testamento, creo que tengo buenas noticias para usted. (Posiblemente).
Sigamos con el punto tercero. Los colaterales (hermanos y tal): se aplicaría el artículo 944 del Código Civil que dice: "En defecto de ascendientes y descendientes, y antes que los colaterales, sucederá en todos los bienes del difunto, el cónyuge sobreviviente".
¿Qué le parece? Si como usted dice su abuela falleció sin testamento, sin hijos y sin padres, el heredero es su abuelo y esa inscripción del registro de la propiedad que dice que están a nombre de "los herederos de Mª Rosa", podría ser que no correspondiera. Porque el heredero seria su abuelo.
Pero habría que analizar mucho el tema. Me explico: Si estaban casados en separación de bienes efectivamente sus herederos serian sus hermanos. Si sus propiedades fueran heredadas, no entrarían en gananciales, por lo que también serian sus hermanos. Pero si sus propiedades estaban en gananciales con su abuelo, ya los hermanos no heredan. Hereda su abuelo y luego su descendencia.
Respecto a que su tío se tomó la molestia de reunir los datos y dárselos a usted... En estas cosas no hay que fiarse ni del diablo.
Usted lo que tiene que hacer es seguir los pasos necesarios para estar seguro de su herencia.
Cuando alguien fallece, hay que conseguir un certificado de defunción original (registro Civil).
Todo esto que le voy a decir, ha de hacerlo, con respecto a su padre, su abuelo y su abuela (Mª Rosa). Si con respecto a su padre ya lo ha hecho, pues nada.
Con ese certificado, va a la secretaría del ministerio de Justicia de su población y solicita un certificado de últimas voluntades. De paso, puede solicitar un certificado de seguros de vida.
En ese certificado, de dice si el fallecido hizo o no testamento y si lo hizo, ante que notario y con que fecha.
Si aparecen varios testamentos, el válido es el último. Ya que al hacer un testamento anulas los anteriores.
Cuando vea si hay testamento, va a ese notario y que le de una copia.
Todo esto le hace falta, porque para hacerse dueños de la herencia les van a pedir esos certificados.
Ya con todo esto, pueden ir a los bancos y solicitar certificados bancarios al día del fallecimiento. Incluso pueden solicitar un extracto de las cuentas de un año antes.
En ese extracto pueden obtener mucha información: Si pagaba un seguro de vida, si pagaba un seguro de un coche, si tenia un plan de pensiones, si recibía dividendos porque tenia acciones, si pagaba IBIs de fincas, pisos y tal... etc... etc.
Que todo esto puede haberlo pedido su tío, pero coincidirá conmigo en que "nunca es mal año, por mucho trigo". No está mal que usted se informe a ver si todo coincide. A veces se lleva uno sorpresas.
Bueno, Fernando, que dices que tu hermana y tu pasasteis a ser los herederos. Supongo que tu hermana y tu habréis aceptado la herencia de vuestro padre, porque si no la habéis aceptado, no sois herederos de nada y nada podéis reclamar.
Pues nada, te deseo mucha suerte y ya sabes. Cuando tengas reunida toda la información, si necesitas una orientación, no dudes en preguntar.
Un saludo y por favor, no olvides finalizar la pregunta.
Muchísimas gracias por su respuesta ya me ha quedado claro porque ese bien del que no estoy seguro que me corresponda fue heredado de los padres de mi abuela
(Mª Rosa) y todavía no estaba casada con mi abuelo por lo tanto entiendo por su respuesta, por cierto muy buena, que también es de los hermanos de mi abuela aunque el abogado de mi "gran tío" me diga que no ¿Verdad?

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