Herencias

¿Alguien me podría contestar por favor a esta pregunta:
Acaba de fallecer mi tía carnal y mi tío falleció hace 7 días las llaves y cuentas corrientes los tienen los sobrinos de mi tío yo les he pedido una llave y me la niegan, me dicen que hasta
que el notario no diga si hay testamento a favor de alguien no me dan ¿tienen derecho a
hacer eso?

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Ni tienen derecho ni dejan de tenerlo.
Esto es complicado pues todos sois sobrinos con el mismo grado de parentesco.
Te explico como van las herencias.
Sin testamento, los herederos son los hijos, o descencientes.
Si no los hay, heredan los padres o ascendientes.
Si no los hay, hereda el cónyuge. Osea, que tu tía, hereda todo lo de tu tío, si no hay más, ni testamento.
Pero ahora tu tía ha muerto también. Y legalmente ella es la dueña de todo.
Con testamento: Pues habrá que estar a lo que digan los testamentos. Tanto de tu tía, como de tu tío.
Porque sin parientes de los mencionados, (que la Ley llama herederos forzosos), pueden haber hecho testamento dejando todo a quien quieran. Ya no hay legítima.
Así que los herederos más cercanos son los hermanos. No los sobrinos.(Si no hay testamento).
Claro que si algún hermano ha fallecido, su herencia pasa a sus respectivos hijos. Ya si que entrarían los sobrinos.
Pero si hay testamento, pueden por ejemplo haberlo dejando a un amigo su herencia y la familia (hermanos, sobrinos y tal), no pueden reclamar nada de nada.
Lo que debes hacer es :
1- Conseguir certificado original de defunción. En el registro Civil, o se lo pides a la misma funeraria que hizo los sepelios, que siempre piden de más y les sobran algunos seguro.
2- Con ese certificado (original), vas a la secretaría del Ministerio de justicia de tu ciudad y solicitas un "certificado de últimas voluntades".
En este certificado dice si han hecho o no testamento, y si lo han hecho, ante qué notario. Si han hecho varios, el válido es el más reciente.
Si no hay testamento, los pretendidos herederos han de contratar abogado y judicialmente hacer la declaración de herederos.
Si hay testamento, se va al notario que lo haya hecho y se le pide copia.
Lógicamente el notario solamente dará copia a aquellas personas que aparezcan como herederos. Si te la niega, será porque no apareces en el testamento, por lo que no tendrás derecho a herencia.
Si eres heredero, ten en cuenta que las herencias son un derecho. No son una obligación. Y por tanto, tienes el derecho a acceder a tu herencia, pero no estás obligado a aceptarla.
Osea, que a la vista de si hay o no testamento, decidirás si aceptas la herencia o no. Y eso ante el juez.
Mientras que no digas que aceptas, no eres dueño de nada. Y los otros tampoco, claro.
Pero los otros tienen las llaves. ¿Tienen derecho a tenerlas y no darte copia? Pues si y no. Pero no puedes meterte ahora en un pleito que duraría a lo mejor un año, cuando en un mes vas a saber si heredas o no.
Por eso, hay que andar los pasos uno a uno. Hacer las gestiones que te he comentado y si heredas, que lo dictaminará un juez, entonces podrás pedir llaves y exigir explicaciones. Porque serás propietario. Pero ahora no lo eres.
También pasa lo mismo con las cuentas bancarias. No se pueden tocar hasta que el juez designe a los herederos.
Ellos pueden hacer los pasos que te he dicho, de certificados y testamentos. Pero tu también puedes andarlos. No te fíes de lo que te digan.
Averigua tus derechos tu mismo. Que los dineros son muy malos.
Bueno, si no tienes más que añadir, te ruego finalices la pregunta para que se me quede libre.

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