Herencia de mi padre en vida.

Tengo a mi padre con 91 años de edad y enfermo. Tiene en propiedad un piso y yo al ser hijo único imagino que me queda en herencia, pero tengo problemas con los bancos porque me reclaman deudas de alta cuantía. Mi pregunta es ¿pueden heredar mis hijos de alguna manera, haciéndoles yo una donación de mi herencia, o sea, saltándome a mi? O ¿Hay algún modo de solucionar este tema para que los acreedores no puedan intervenir?

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Ese piso te queda en herencia siempre que tu abuelo no tenga mujer, salvo que el piso sea privativo de tu abuelo, en cuyo caso al pertenecer solamente a él tu al ser el único hijo serías también el único heredero.
Pues bien para saltarte a ti, no lo puedes hacer mediante donación ya que supondría que has aceptado la herencia de tu padre, y por lo tanto los acreedores podrían ir contra la herencia, independientemente de que la tuviesen tus hijos.
La única forma que tienes es ya que por ley si no existe testamento les corresponde heredar a los descendientes, sería que una vez fallezca tu padre, hagas una escritura de renuncia de la herencia "pura y simplemente", con lo que dejarías de ser heredero y habría que hacer después una declaración de herederos (acta de notoriedad), en la que se les declarase a tus hijos herederos de tu abuelo.
De esta manera tu no habrías aceptado la herencia con lo que no serías heredero de tu padre, y los herederos de él serían tus hijos.
Es MUY IMPORTANTE que cuando vayas a hacer la renuncia de la herencia de tu padre, ponga en la escritura que renuncias PURA Y SIMPLEMENTE A SU HERENCIA, ya que si pone que renuncias "EN FAVOR DE TUS HIJOS", se entendería que has aceptado la herencia para que pase a tus hijos, y por lo tanto los acreedores podrían ir contra esa herencia por ser tu heredero de tu padre.
Cuando fallezca el notario, al margen de que tengas que solicitar un certificado para saber si tu padre dejó testamento o no, cosa que no tiene importancia porque con la renuncia el testamento se convierte en inválido, debes acudir a un Notario y explicarle que tienes muchas deudas y que quieres "RENUNCIAR PURA Y SIMPLEMENTE A LA HERENCIA DE TU PADRE", se lo debes recalcar y cuando prepare la escritura de renuncia antes de firmarla debes de fijarte en que ponga esa expresión. En el mismo momento de esa escritura tus hijos podrán hacer una nueva de declaración de herederos en la que se les declare herederos de tu abuelo.
Con esto tus hijos heredarán la herencia de tu padre sin que los acreedores puedan ir contra ellos.
Procura hablar directamente con el notario ya que esto no se suele hacer en muchas ocasiones y los que trabajan como secretarios o ayudantes, no suelen tener ni idea y suelen decirte cosas como que no puedes renunciar a la herencia, cosa que no es verdad porque el código civil lo permite en su artículo 992. Lo que ocurre que a veces no se enteran o quieren engañar al ciudadano de a pie para cobrar más.
Con esto tendrás todo solucionado, no te canses de insistir para que te dejen hacerlo, debes acudir a la Notaría del lugar de residencia de tu padre.
Saludos, espero que se arregle todo, no olvides valorar mi respuesta para mejorar mis servicios. Se admite todo tipo de crítica.

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