Convenio regulador y paro

Mi ex pareja y yo estamos cobrando el paro. A los dos nos terminara el próximo mes.

No vivemos juntos desde meses y tenemos una niña de 1 año y medio, que a días se queda con él y días conmigo (mas conmigo).

Yo quiero regularizar la situación de la pequeña con un convenio regulador, quiero que Él me pase una pensión para ella ( él tiene una entrada monetaria porque alquila su piso a turistas), y quiero sacarme el carnet monoparental. Él se niega a pasar por el convenio porque dice que sale caro (800 euro y mas) . Efectivamente, la gente en paro, tiene que pagar una pasta a abogados para regularizar este tipo de situaciones, ¿o hay otra manera? ¿Puedo sacarme el carnet de familia monoparental sin haber hecho el convenio y sin haber obtenido la guardia y custodia?

Respuesta
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En primer lugar y respecto a la declaración como familia monoparental no es necesario el convenio regulador, ya que puede acreditarlo con el hecho de que ambos estén empadronados en sitios diferentes y la niña con usted.

Respecto a la regularización de la situación, se la aconsejo, puesto que así se fijarán con claridad los términos relativos a la niña: custodia, visitas, alimentos, etc.

Una opción es que soliciten el beneficio de justicia gratuita, con lo que les nombraran abogado y procurador de oficio y de este modo el procedimiento será completamente gratuito.

Muchas gracias por la respuesta rápida y clara.

Le hago solo una pregunta más: el beneficio de justicia gratuita se puede solicitar solo una vez acabado de recibir el subsidio por desempleo o ahora mismo ya? La justicia "gratuita" es mucho mas lenta en comparación a recurrir a un abogado privado?

Un placer servirle de ayuda. La justicia gratuita se puede solicitar en cualquier momento mientras se cumplan los requisitos de renta. Puede consultar los requisitos en la web del colegio de abogados de su ciudad. En cualquier caso puede consultar aquí las condiciones generales :

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1215326541471/Detalle.html

Pero dado que es un servicio que prestan las CC. AA. Lo mejor es que se informe directamente en el colegio de abogados que le pertenezca.

Respecto a la rapidez, el procedimiento es exactamente igual, sólo que primero tendrá que hacer los trámites para presentar la documentación y esperar a que le nombren el abogado. Por lo demás el abogado de oficio es una abogado como cualquier otro con despacho abierto, sólo que además atiende de oficio.

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