Noy Posible denuncia por rapto

Mi pareja y yo conviviomos desde hace diez años juntos, ella tiene dos hijas de una relación anterior donde no se contrajo matrimonio, las niñas tienen ahora doce y once años, el padre de las niñas en todos estos años rara vez ha dado una pensión, a lo sumo en doce años ha podido dar unos 1500 euros máximo. Hace 2 años me ofrecieron una oferta de trabajo en Alemania a lo cual accedí pero previamente el padre de las niñas y mi pareja me cedieron ante notario la custodia de las niñas, pensando en prevenir problemas para traerlas a Alemania, las niñas, la madre y yo nos fuimos a Alemania, y ahora ellas tres son residentes en Alemania, yo de momento no soy residente en Alemania por cuestiones de mi movilidad en el trabajo, El caso es que el padre amenaza ahora con denunciar por rapto después de 2 años de residencia de las niñas, a lo cual como contrapartida nosotros amenazamos con denunciar por no pasar la pensión durante doce años y que nunca quisimos denunciar antes. Mis preguntas son si al tener yo la custodia pero no un permiso del padre para sacarlas del país, ¿el padre puede denunciarme por rapto? ¿También si al darme la custodia esto le exime de sus obligaciones a la hora de pagar la pensión? También amenaza con revocar la custodia unilateralmente que se me dio, ¿es posible esto? Y por ultimo les agradecería algún consejo a tomar frente a esta situación.

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Vamos a ver, no me dice usted qué nacionalidad tienen las menores, ni los padres de las menores. La custodia no se puede ceder por escritura pública, al menos en España, puesto que solo un juez puede atribuirla a uno de los padres. Le agradecería que me facilitase la información del país de nacionalidad, pues soy abogado español, y solo le puedo asesorar sobre derecho español. Me extraña mucho lo que me plantea, de ahí mis dudas en cuanto a la nacionalidad.

De todas formas, y solo en derecho español, cuando dos personas se separan y tienen hijos (aunque sea fuera del matrimonio) deben interponer una demanda judicial de medidas paternofiliales para determinar pensiones de alimentos, guarda y custodia y régimen de visitas. Si bien la obligación de satisfacer las necesidades de los menores nace desde el momento mismo en el que nacen los menores, solo se puede obligar a una persona desde el momento en el que se la demanda. Si nunca demandaron, no pueden obligarle a que pague lo que moralmente debería haber pagado. Sé que es injusto, pero legalmente es así.

Por otro lado, si les hizo un poder permitiendo que usted y su madre puedan estar con los menores ( como una guarda) difícilmente podrán denunciarles por rapto y mucho menos después de dos meses.

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Hola buenas, perdón por el despiste, somos de nacionalidad española todos, es correcto, a mi me firmo la guardia y custodia para venir a alemania ante notario (si es que sirve), también firmo mi pareja ( la madre de las niñas) como le dije mi pareja y yo vivimos en Alemania con las niñas desde hace 2 años y las niñas y mi pareja como residentes en Alemania, con lo que conlleva escolaridad, vivienda etc, al contrario que yo, que sigo como residente español, de ahí la pregunta de si la denuncia puede ir contra mi al tener la guarda y custodia o que problemas legales pudiéramos tener en caso de que el i terpusiera demanda, ** le recalco que no son 2 meses, son 2 años los que llevan en Alemania las niñas** , de nuevo muchas gracias por su interés, un saludo

Sería fundamental conocer con exactitud lo que firmaron ante notario, por eso de los detalles. Entiendo que lo que hicieron fue atribuir una guarda de hecho a la madre y a usted por parte del padre. No se si ponía alguna cláusula relativa al cambio de domicilio o de país-

Sería interesante ver si hay algún plazo o no, simplemente les cede la guarda a ambos y ya está ... en cualquier caso, independientemente del contenido, si efectivamente hay una cesión de la guarda sin más especificaciones... entiendo que no sería viable una denuncia por rapto o por sustracción de menores. ¿El padre conoce dónde viven las menores? Porque lo hayan comunidado vía mail, ¿o carta o de alguna manera? Es importante que guarden y conserven ese tipo de información. Ahora bien.. lo que sí les recomendaría que iniciaran los trámites judiciales para regularizarlo todo. Si el padre no hace nada.. pues bueno, siempre pueden seguir así. Pero también pueden plantearse la posibilidad de acudir a los tribunales para una atribución formal de la guarda y custodia, visitas, pensiones de alimentos etc... La legislación española permite que un extranjero que vive en su territorio pueda demandar en España. Sería conveniente que hablara con un abogado alemán que les informe si pueden presentar la demanda en los Juzgados alemanes y que le valore el pronunciamiento de los mismos en función de la práctica que estos tengan. Normalmente si los menores están integrados en un sitio, no suelen cambiarlos y mucho menos con una persona que no se ha ocupado de ellos.

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