Incumplimiento ANUNCIADO de régimen de visitas

Soy padre divorciado de una niña de 4 años, tengo régimen de visitas con el que estoy conforme y cumplo rigurosamente (lunes tarde, miércoles tarde, fines de semana alternos y vacaciones al 50%). La madre está entrando últimamente en una dinámica chulesca de "hago lo que quiero" tanto en un sentido como en otro, es decir, tanto en pretender desentenderse de la niña en días suyos (alegando trabajo, cansancio, compromisos, etc.) como en pretender privarme de la niña en días míos, según le conviene en cada caso. Lo último es el incumplimiento anunciado que pretende perpetrar en las próximas vacaciones de Semana Santa, diciendo que se la va a llevar los 10 días no lectivos de la niña (alegando que la niña necesita la playa para aliviar su dermatitis). Me desafía diciendo que reclame judicialmente si quiero. Preguntas:

1) Ante un incumplimiento anunciado como el descrito ¿Conviene tomar medidas inmediatamente para que no se produzca o es necesario dejar que se produzca el incumplimiento para que sea denunciable? Me temo que será lo segundo, con lo cual el daño ya está hecho.

2) Tengo entendido que demandar y ganar al incumplidor no le disuade en absoluto al pues las sanciones son ridículas, por lo que es una pérdida de dinero y tiempo además de una gran frustración. ¿Merece la pena meterse en demandas judiciales por estas cuestiones?

3) Últimamente tengo continuas polémicas con mi ex-pareja (como la descrita y de otros tipos) y echo en falta un asesoramiento rápido, profesional y eficaz para afrontar las situaciones y no permitir que acabe jugando con mis derechos a su antojo. ¿Me recomendarían algún abogado matrimonialista en Madrid? ¿Existe este tipo de servicio en continuo para realizar consultas de periodicidad indeterminada, demandas puntuales, etc.? ¿Y cómo se facturaría ese servicio teniendo en cuenta lo irregular del mismo en cuanto a cantidad e intensidad? ¿Existe algo similar a una "tarifa plana anual" o se factura servicio a servicio?

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En cuanto al tema de Semana Santa, ya no hay tiempo material para hacer nada en el Juzgado de familia, si bien la debe mandar un buró fax apercibiendole que le tiene que entregar a la niña en su periodo. ESi no se la entrega denunciar y si hay incumplimientos reiterados, se puede solicitar ejecución de sentencia para que cumpla la misma en sus términos, con apercibimiento de privación de guarda y custodia.

Soy abogada de Madrid, si lo desea puede ponerse en contacto en [email protected]

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