Gastos Reclamación Saldo Deudor

Me han cargado el recibo del IBI cuando en mi cuenta había poco dinero, con lo cual me encuentro con unos Gastos de Reclamación. Un recibo que hasta el mes de noviembre está en período voluntario.
¿Por qué no me avisan de que no tengo suficiente saldo antes de hacer el pago? Me imagino que yo debo ser informada por adelantado de que esto se va a llevar a cabo y contar con mi permiso.
De momento, iré mañana a intentar devolver el recibo y a pedir explicaciones.
Me gustaría tener un poco de información legal al respecto.

2 respuestas

Respuesta
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Si tienes una relación normal con tu banco, no hay impagos anteriores, explícales el problema y pídeles que te devuelvan lo que te han cobrado en concepto de gastos de reclamación.
No deberías tener problemas.
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Siento el retrazo en la contesta, habían problemas informáticos en esta página que no me dejaban contestar!
En caso de recibos domiciliados en los cuales todos los datos de domiciliación son correctos (cuenta, titular, etc) el banco los carga en cuenta el día de su llegada al cobro, es decir cuando los remiten los aytos. En tu caso, aunque el periodo de pago sea más largo.
Supuestamente, el banco no tiene porque avisar al cliente de esta situación ya que con tantos clientes en descubiertos por recibos domiciliados, estarían colgados todo el día al teléfono.
Puedes intentar que te devuelvan dichos gastos, si es la primera vez que te pasa, suelen acceder a la demanda.
Slds.

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