Plan de pensiones o de Jubilación

A tod@s.
Estoy en periodo de contratación de una hipoteca, y barajando algunas propuestas.
Uno de los bancos me obliga a contratar un plan de pensiones o de jubilación (¿hay alguna diferencia?), y unas aportaciones mínimas anuales. Yo con este banco una vez termine de pagar la hipoteca, que espero dm no tardar más de 7 u 8 años haciendo amortizaciones, desearía terminar relación.
La cuestión es que pasaría con el plan de pensiones o jubilación una vez que yo termine de pagar la hipoteca. ¿Tendría qué seguir manteniendo cuenta con ellos hasta mi jubilación? ¿Qué opciones me quedarían?

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Intento responder ordenadamente a lo que preguntas:
Diferencias entre plan de jubilación y plan de pensiones.
Efectivamente se trata de dos productos muy distintos.
En el Plan de Jubilación haces aportaciones que van constituyendo un ahorro PERO este tipo de productos suelen tener aparejados seguros cuyas primas se descuentas de esas aportaciones y gastos de gestión de pólizas que suelen ser muy elevados y que también se descuentan de estas por lo que de cada 100 euros que destinas una parte importante se consume y es frecuente que, después de 24 meses por ejemplo, tengas ahorrados menos de los 2.400 euros aportados. Por tanto, rentabilidad muy baja e incluso negativa a corto plazo. En cuanto a su liquidez, depende del contrato en cuestión que puedas disponer del dinero a partir del primer día o tengas que esperar POR tiempo, o que pudiendo hacerlo tenga alguna penalización.
En el Plan de Pensiones, haces aportaciones que van constituyendo derechos consolidados, en definitiva también un ahorro, pero en este caso sólo podrás disponer de este cuando te jubiles o se cumplan alguna de las contingencias de liquidez extraordinaria (Paro de larga duración, Invalidez, enfermedad grave, herederos en caso de fallecimiento,...)
Financieramente resulta mejor que los planes de jubilación dado que solo tiene comisiones de depósito y gestión que están reguladas y limitadas por Ley y dependiendo de si el plan es de renta fija o variable rondarán el 1-2% anual.
¿Qué ocurre si deseas desvincularte de esa entidad?
* En el caso del plan de jubilación lo tendras mucho más complicado., este siempre lo tendrás con la aseguradora con quién lo firmes (generalmente del mismo grupo finanicero que el banco), si bien siempre puedes pedir que pasen a domiciliarte los recibos en otra entidad.
* Para el plan de pensiones es mucho más sencillo dado que la Ley te reconoce el derecho a movilizar tus derechos consolidados, esto es, a traspasar el ahorro que tengas en un plan de pensiones a cualquier otro plan ya sea de la misma entidad o de cualquier otra.
La información objetiva es la anterior. Ahora, si quieres además una opinión personal, yo optaría sin dudarlo por el plan de pensiones y dentro de este (y si te quedan más de 10 años para la jubilación) por alguno de renta variable internacional.
Atentamente,
Jesús Contreras Páez
Economista Colegiado
Socio Director
www.reclamacionbancaria.com

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