Indemnización por caída

A principios de noviembre pasado me caí por las escaleras de una tienda debido a que el último tramo de la escalera estaba mojado. Habían fregado y nadie me avisó antes de bajar. Resbalé y me caí con tan mala suerte que me fracturé el peroné. Me puse en contacto con la compañía de seguros del establecimiento. Vino a verme el médico del seguro cuando ya me habían quitado la escayola, pero de todos modos se llevó los informes del hospital. Ya llevo casi dos meses de baja. ¿Qué cuantía de indemnización puedo esperar? ¿Sólo me indemnizarán por los días de baja o también influye el tipo de lesiones sufridas?

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Antes de nada que te recuperes pronto que la lesión es fastidiosa.
Te corresponden indemnización tanto por los días de baja (impeditivos y no impeditivos) como por las posibles secuelas que te queden.
El problema es que en este tipo de accidentes no hay un baremo exacto para cuantificar las lesiones, ¿te puedo dar una idea aprox. +/- 50? Por cada día que estés de baja impeditiva, -¿Es decir escayolado y en tu casa por ejemplo- que no puedes hacer una vida normal y +/- 25? Por día por baja no impeditiva, es decir estás con molestias y de baja laboral, pero puedes hacer una vida "medio normal", pasear, ducharte, ir al cine... aunque no estás lo suficientemente bien para trabajar y hacer vida normal.
La tercera parte son las SECUELAS es decir si ese accidente te causa unas secuelas temporales o permanentes Ej: te quedase una cojera (no te preocupes que no va a ser para tanto) entonces te correspondería a parte de los días de baja una indemnización (y esa cantidad si que es bastante arbitraria dependiendo de edad, tipo de trabajo... imagina que a alguien le quede una secuela que no pueda desarrollar su trabajo habitual y tenga que buscar otro, menuda faena.
Bueno para terminar lo único decirte que te corresponde una "pasta" y que hasta que no recuperes del todo no se puede valorar la cantidad que te corresponde, eso si un consejo si ves que se va a dilatar mucho en el tiempo, dejate asesorar por un abogado -lo digo por si hay que denunciar-, pero ojo vete a alguien serio.
Hola barancho. Supongo que los días de baja son sólo los días hábiles, ¿es así? Llevé la escayola unos 40 días. Me la quitaron el día 11 de noviembre pero no empecé la rehabilitación hasta una semana después. ¿La baja no impeditiva cuenta desde que me quitaron la bota de yeso o desde que empecé con la rehabilitación? El médico del seguro no ha vuelto a verme. ¿Sería conveniente ponerme en contacto con él? Es que de momento no he considerado oportuno consultar a un abogado porque la compañía de seguros aún no me ha hecho ninguna oferta. Muchas gracias. Ya estoy mejor... de baja no impeditiva que digamos, ;-)Saludos desde las Baleares
De nuevo Oben:
Ante todo espero que estés mejor.
Respecto a tus preguntas, los días de baja se consideran todos los días de la semana incluso los festivos no solo los hábiles, aunque te quitasen la escayola a los 40 días y empezases rehabilitación si te tenías que ayudar de muletas, silla de ruedas... siguen siendo impeditivos (por cierto que cuando hablaba de 50 me refería a euros como habrás imaginado porque aparece una interrogación como si el sistema no reconoce el símbolo del euro) ya que aunque no tengas la escayola, seguro que no puedes andar y correr como "Dios manda".
La baja no impeditiva se contara realmente desde que puedas andar por ti solo sin demasiados problemas.
Lo que no me gusta un "pelo" es que no haya contactado el médico de la cia de seguros contigo desde entonces -es bastante raro- porque aparte de tu indemnización se puede reclamar todo el tema de asistencia sanitaria, medicinas... lo que me queda por saber es si la rehabilitación te la está dando la cia de seguros o la estas haciendo por la seguridad social. Si es por la cia de seguros entonces no hay problema porque tienen información de como vas evolucionando (aunque no te llamen por teléfono) el rehabilitador va pasando informes al médico encargado.
Ahora si no es así y no han vuelto a contactar si que sería conveniente que les llames tu con cualquier escusa o simplemente para informarles de como vas evolucionando, pero ¡OJO! No aceptes ninguna indemnización y no se te ocurra firmar ningún papel o finiquito hasta que no te encuentres 100x100 recuperado (es por el tema de las secuelas) las compañías -que somos la pera- (digo somos porque como imaginarás trabajo en una de ellas) como te pillen de despistado intentamos indemnizarte lo antes posible para evitarnos posibles complicaciones posteriores y ahorrarnos dinero, aún así siempre piensa que "MÁS VALE UN MAL ACUERDO QUE UN BUEN JUICIO" pero todo depende de lo que quieras sacar y te repito que por el tiempo que llevas va a ser mucho dinero.
Si las cosas se tuercen y tienes que liarte de abogados a quien tienes que reclamar es a la tienda ya que la cia es el responsable subsidiario, pero el que ha causado el daño es el establecimiento.
Ah! También la tienda tendrá que pagar la franquicia que tenga en su póliza de responsabilidad civil (este tipo de seguro siempre llevan una franquicia de la que se tiene que hacer cargo el asegurado y el resto lo paga la cia aseguradora) aunque suelen ser pequeñas de 300 a 1500 euros aprox.
Una última cosa que ya me he enrollado mucho, no dejes pasar más de seis meses desde el momento del accidente sin consultar con un abogado ya que lo normal es que tendrás que presentar una denuncia preventiva para que te vea un forense judicial y vea tu evolución.
Respecto al abogado es posible que tengas este servicio contratado con algún seguro de hogar o similar y no lo sepas (te puedes ahorrar mucho dinero y funcionan muy bien) si buscas alguno para que te lleve el caso y te habla de porcentaje nunca aceptes que te cobre más del 20x100 de lo que saques ojo que hay auténticos estafadores dentro de ese colectivo que te llegan a decir que un 50/50 en caso de accidentes.
Si quieres me gustaría saber tu evolución y como te va todo, y me tienes a tu disposición para cualquier pregunta.
Abrazos fuertes.
Muchisísimas gracias barancho. La verdad es que gracias a ti me estoy enterando de muchas cosas ya que es la primera vez que estoy tanto tiempo de baja (y espero que sea la última). Me están tratando en la mutua del trabajo puesto que el accidente ocurrió en horario laboral de camino al trabajo puesto que nos desplazamos entre dos centros. Por tanto el tema se está tratando como un accidente laboral. Cuando vino el médico de la compañía de seguros de la tienda le día copia del parte de baja y los datos del médico de la mutua que mes está tratando. Supongo que se habrá puesto en contacto con él. De todos modos mañana pienso llamar al seguro (de la tienda) otra vez para preguntar por su médico. Me gustaría no tener que llegar a abogados y líos por el estilo. ¿Es necesario eso de la "denuncia preventiva"? ¿Cómo debo hacerlo? Gracias de nuevo. Un abrazo.
Me alegro que todo vaya mejorando y ya estés recuperándote del traspiés.
Lo mejor de todo es que te este llevando la mutua laboral el tema de la curación rehabilitación y tal, suele ser gente muy especializada y es más cómodo para ti.
Respecto a lo de la denuncia que te hable es que hay un plazo de 6 meses desde el momento del accidente para demandar al causante. No quiere decir que si pasen los seis meses no vayas a cobrar, pero en caso de que se complicasen las cosas ya no se podría hacer por vía penal, tendría que ser por vía civil.
El tema de ponerlo en manos de un juzgado es meterse en un buen lio pero el juzgado "en teoría" y normalmente en la practica también va a velar por los intereses del perjudicado que en este caso eres tu y el demandado va a tener que acatar el fallo del juez en tu favor, pero... como te dije la otra vez "más vale un mal acuerdo que un buen juicio" -es un dicho muy antiguo- y en este caso nos referimos a que si antes de los seis meses estas totalmente curado y te ofrecen una indemnización que es de tu interés, siempre es mejor aceptarla que ir a un juicio que nos puede llevar meses o años, ahora si te quedan las dichosas secuelas de las que te hablaba o no has recuperado del todo, presentas una denuncia contra la tienda (que ademas la puedes retirar cuando quieras y no se celebraría juicio). Gran cantidad de litigios por lesiones no llegan a celebrarse vista (jucicio) ya que se llega a un acuerdo antes de celebrarse -y todos nos ahorramos dinero-.
Lo único que también ocurre al denunciar unas lesiones es que te va a ver un forense judicial (tranqui, que lo de forense suena muy fuerte pero en este caso es simplemente el médico del juzgado para que lo entiendas) que va a hacer un informe al juez de cuales han sido tus lesiones, secuelas, curación... y esto es un arma de doble filo porque te puede pasar que tu pidas por ej: 90 días de baja y el forense te de 40 o viceversa que lo he visto muchas veces, dar el forense hasta más de lo que pide el lesionado, y el juez normalmente se va a guiar para indemnizar de la opinión del forense judicial.
Pero bueno esto es a grandes rasgos lo que conlleva denunciar, pero hasta no ver como evolucionas no hagas todavía nada (es mi opinión), ahora si piensas que debes hacerlo o se viene el tiempo encima busca un abogado.
Bueno Oben espero haberte ayudado que te vaya bien y ya sabes donde me tienes (siento tardar en contestarte pero solo lo puedo hacer los fines de semana).
Abrazos fuertes.
Muchas gracias de verdad. Me han ido de perlas tus consejos. De momento esperaré a ver qué me dice el seguro. Por cierto, ¿qué opinión te merece Catalana Occidente? Es el seguro que tiene contratado la tienda. Bueno, de momento no te molestaré más con mis preguntas. Si hubiera algo más ya te lo diría. Saludos y un abrazo.

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