Tributos depósitos bancarios y donaciones

Si en un deposito a plazo estoy como autorizada con mi madre de titular y quiero cambiar a mi nombre... ¿tendría qué pagar algún impuesto? Comunidad CCM

Gracias

En caso que decidiera transferirlo a una cta compartida con ella en las mismas condiciones de titularidad ¿tendría qué tributar?

3 respuestas

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Pues efectivamente el cambio de titularidad de unas cuentas en las que el dinero existente es de titularidad de una de las partes constituye una donación que debería de tributar de acuerdo las normas de la propia comunidad autónoma.

Otra cosa es que sea poco inspeccionado y al final sea una vía para hacer donaciones de dinero consciente o inconscientemente que a futuro puede ahorrar dinero.

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Entiendo que no habría que tributar si solamente es un cambio de nombre, lo que pasa es que si estas con tu madre y todo el deposito pasa a ser tuyo, se podría entender como una donación y entonces sí que tendrías que tributar.

No obstante, mejor que te informen en tu banco, ya que cada uno se rige por sus normas, y algunos lo podrían entender como donación y otros no.

Hola.

A parte de la consideración del banco, el problema es que pueden pedir los movimientos de 12 meses y entonces Hacienda ¿ seria ella la que considerara donación? y aplicar el impuesto?

Hay alguna manera de hacerlo para evitar que tenga que tributar?

Yo entiendo que si por ejemplo tu madre te "da" su dinero, no se trataría de ninguna donación y por lo tanto no tendrías que tributar. Otra cosa por ejemplo sería abrir un nuevo depósito pero solamente tú de titular y transferir el importe, en ese caso no tendrías que tributar nada ya que es como si te regalaran dinero por tu cumpleaños. No obstante, te remito al director de tu banco, que será quien te informe detalladamente.

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Puede hacerse perfectamente, todo sería cuestión de hacer las alegaciones oportunas si así lo requiere Hacienda, le explico.

Si en una cuenta hay varios autorizados pero el dinero sólo es propiedad de una persona y ésta puede alegarlo mediante algún medio de prueba válido no hay problema. Sin embargo, si a través del uso de cuentas bancarias se ha llevado a cabo alguna cesión de dinero sí debería pagar el impuesto de donaciones.

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