Extinción de condominio

Mi hermana y yo tenemos adjudicada una casa (propiedad de los dos) heredada de nuestros padres desde hace unos años. Hemos acordado que yo me quedo dicha vivienda, pagando a ella la mitad de casa.
Me han informado que cuando se realize la extinción de condominios yo tributaré el 1%. ¿Cuánto tiene que tributar mi hermana en términos porcentuales en la declaración del I.R.P.F.?

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Muy fácil respuesta. Tu hermana pagará el 18% de la mitad del incremento patrimonial (diferencia entre el precio que os adjudicasteis por herencia la casa, y el valor que le deis ahora) Para no pagar ni un solo euro podéis hacer la extinción de comunidad por el mismo valor de la herencia con lo cual no hay incremento patrimonial, no obstante os podría llegar una comprobación de valores. De seguir ese consejo y si os llegara tal comprobación podéis poneros en contacto conmigo, pues yo llevo todos esos temas con éxito (hasta ahora).

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