I. Hola Compañer@, en mi caso no soy conocedor, pero como lector habitual deseaba trasladarle un poco de información sobre este tema por si pudiese serle fuese de utilidad mientras le atiende de primera mano un experto o profesional, el que si desea y no recibiese respuestas podríamos invocar o citar, para que le atienda en el menor tiempo posible.
Según he leído e interpreto, si usted cobrase el premio en Enero de 2026, tendría que declararlo en el ejercicio de 2017 (Cito).
*La presentación de esta declaración informativa deberá realizarse durante el mes de enero de cada año en relación con los premios satisfechos en el año inmediato anterior
Al final de cada año, los pagadores deberán presentar el resumen anual (Modelo 270), en el que
Informaran de las retenciones e ingresos a cuenta efectuados durante el año y en el que se
Incluyen los datos identificativos de los premiados.*.
Le ruego me disculpe por todas las molestias de lectura y la imprecisión. Mucha suerte.
https://www.aedaf.es/es/documentos/descarga/59925/tributacion-de-los-premios-de-loterias
https://tugesto.com/blog/actuar-legalmente-loteria-navidad/
https://www.dig.es/como-declarar-los-premios-de-la-loteria-en-la-renta/
https://www.enae.es/blog/loteria-de-navidad-impuestos
https://fiscalclinic.es/loteria-de-navidad-fiscalidad/
https://www.gestoriabarcelona.com/2025/04/hay-que-declarar-los-premios-de-loteria-en-la-declaracion-de-la-renta-2025/