¿Debo firmar ante notario, la subrogación por divorcio del 50 % de un crédito hipotecario?

Tengo un préstamo hipotecario sobre un piso propiedad de mi madre. Mis padres ejercen de avaladores. El matrimonio está disuelto y en el texto del divorcio presentado al juez queda claramente especificado que siendo la madre de la demandante la propietaria legal del domicilio conyugal, el demandado queda totalmente desligado de ninguna obligación y/o derecho sobre el mismo, así como la demandante pasa a hacerse cargo integramente del crédito hipotecario que pesa sobre el domicilio, comprometiéndose ambos... Etc. He pedido a mi entidad la subrogación del 50 % de la hipoteca de mi ex. Marido y aparte de querer cambiarme las condiciones en los intereses de la totalidad del préstamo, cosa que no entiendo porque un 50% ya es a mi cargo, me piden firmar ante notario conforme mi ex-marido está enterado y renuncia a la deuda. Hay una sentencia judicial firmada ante juez en la que queda claro que está enterado y conforme. No existe contrato de compra-venta ni escritura a la que cambiar nombres. Hablamos solamente de un crédito puro y duro. ¿Es necesario ir a Notaria para este cambio? Hablamos de un coste de 1000 € para una subrogacion de 24500 €, el total de préstamo son sólo 49000 €. Por otro lado, si no cambio el estado de la hipoteca a nombre de los dos ¿Tendrá él problema el día que quiera pedir un crédito hipotecario? ¿Constará cómo que debe un crédito aunque pueda presentar la sentencia de divorcio que le descarga de toda obligación? Sé que son muchas preguntas, así que agradezco de antemano cualquier ayuda. Tengo la sensación que la entidad bancaria no está siendo del todo "honesta".

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Por un lado, esta la sentencia del divorcio, y por otro la hipoteca.

Para evitar problemas en el futuro a ambas partes, lo que han de hacer en modificar la hipoteca. Como hay modificación en la titularidad, han de hacerlo en notaria y se inscribirá en el Registro de la Propiedad...

Si no lo hacen, un embargo o un impago puede afectar a ambas partes... y tendrian que iniciar procedimientos judiciales...

Agradecemos valoracion de la respuesta.

Gracias por su amable respuesta , pero no entiendo porque hay que inscribir en el Registro de la propiedad. Ninguno de los 2 es dueño del piso, la propiedad está a nombre de mi madre y como especifiqué no se hizo ningún cambio en la escritura, ni existe contrato de compraventa.

Disculpe por no entender correctamente la pregunta... Pero no entiendo muy bien, como tienen ustedes una hipoteca sobre un bien que no es de su propiedad... pues los bancos no hacen eso... Solo el propietario puede hipotecar el bien...

Si alguna de las partes deja de pagar la hipoteca, la otra parte, aunque no este obligada por lo firmado en el divorcio, sera reclamado por la entidad financiera y luego tendría que reclamar a su ex...

Agradecemos valoración de la respuesta.

Era un crédito hipotecario para reformas o ampliación. Se avala con el valor del piso, que por supuesto, en este caso era y es superior a la cantidad solicitada. A parte teníamos 2 nóminas y 2 avalistas, la operación era muy sencilla para la entidad, por lo menos hace 10 años.

Con sinceridad, si usted no es propietaria, no es un crédito hipotecario... sera otro tipo de crédito, avalado por las propiedades de los avalistas... Le recomendamos que lea atentamente las escrituras del crédito y se ponga en manos de un abogado.

En cualquier caso, un impago supone problemas para la otra parte y para los avalistas, con lo cual, es necesario firmar una subrogación, o seguirá siendo responsable ante la entidad financiera... a la que no afecta el divorcio, sino el contrato de préstamo firmado con ustedes...

Agradecemos valoración y cierre de la pregunta.

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