Como dejar de figurar en crédito hipotecario

De momento no me he pasado si quiera por el banco a preguntar de nuevo. Sólo necesito una opinión para saber a que atenerme. Muchas gracias de antemano.
Mi caso es que, después de hacer unas nuevas escrituras del piso que compartía con mi expareja para que se lo quedará en propiedad, sigo figurando en el crédito bancario.
Quisiera saber cuales son los riesgos de esta situación y que puedo hacer para cortar el tema por lo sano, lo insano o lo que sea. Por suerte ella está haciéndose cargo de todos los pagos, pero ¿Qué pasaría si ella dejara de pagar y los señores de Cajamadrid llaman a mi puerta?.
Por supuesto hace un año hablé con el director de la sucursal y quedamos en que la llamarían para concertar una reunión las tres partes pero aún estoy esperando a que alguien me llame. Parece que no les interesa o están muy ocupados.
¿Tengo qué contratar a un abogado? ¿O puedo hacerme cargo yo mismo?.
Por cierto, este año hacienda me ha "devuelto" un buen pico del 50 % de ese piso que no estoy pagando, ya que acepté el borrador que me mandaron y luego me di cuenta. No se si debo hacer algo al respecto o darle las gracias a mi ex por su dejadez y las pedazo de vacaciones que me regaló...

2 respuestas

Respuesta
1
Le informo que mientras la entidad no proceda a liberarle como deudor continua obligado a responder en caso de impago. Es decir en caso de impago el banco podría exigirse a usted el pago si bien esta claro que le principal riesgo evidentemente lo corre el propietario de la vivienda ya que en caso de impago el banco podría proceder a embargar y subastar la vivienda. En cualquier caso para evitar cualquier perjuicio por su parte la lógico es que os reunáis con la entidad y procedáis a liberte del préstamo lo cual dependerá de las garantías que exija el banco.
Si desea alguna aclaración no dude en preguntar
Respuesta
1
De entrada estimado amigo has topado con la cruda realidad de las relaciones de pareja, cuando se acaba el amor sólo quedan los compromisos y contratos, una propiedad se puede ceder, vender, donar e incluso usufructuar, ya que en el trato ambos miembros de la sociedad toman la decisión de hacerlo y no hay más. POr el contrario, en un contrato firmado por ambos cuando han formado sociedad y en la que el valedor de este contrato, en el caso hipotecario, el banco, es quién tiene que decidir si las condiciones de la hipoteca y las garantías les satisfacen o no, de hecho el banco puede negarse a sustituir al avalista por varios motivos, el primero de ellos porque la concesión de un préstamo/crédito está supeditada a la evaluación de riesgos del tomador y a la más que segura participación de un avalista. En el caso de una pareja que ha comprado una propiedad mediante la constitución de un préstamo hipotecario, el compromiso adquirido a nivel económico se vuelve indestructible, así, cuando el amor se acaba prevalecen los compromisos económicos asumidos con el Banco.
En el caso de que los señores llamaran a su puerta (como vd., dice) tras un proceso judicial sería privado del bien que se vendería en subasta pública con el objeto de cubrir las deudas, siendo vd., responsable solidario con su ex-pareja de la totalidad de las cantidades debidas al banco.
El abogado es indispensable en estos temas aunque de todos modos no conviene ponerse a malas con la entidad bancaria.
Respecto a la devolución en base al borrador, si ella no reclama este tema no habrá problemas.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas