Angustias hipotecarias

Hola!
PLanteo una situación un tanto complicada.
Me voy a vivir con mi pareja pero ésta tiene dos pisos comprados con un compañero.
a) La idea sería que cada uno se quedara con un piso a su nombre. ¿Está contemplado el trueque como forma de pago?, ¿Qué tipo de gastos requeriría una operación así?
b) ¿Qué gastos supondría un cambio en la titularidad de las hipotecas?
c) La hipoteca del piso que pasaría a ser de ambos está con un diferencial poco atractivo (1´25%) y un suelo del 4,24%. Entiendo que el mercado ofrece mejores condiciones. Ahora bien, ¿cómo se contemplaría una subrogación en la que se cambia los titulares (o uno de los titulares) y también la entidad bancaria?
En fin, todo un poco demasiado complicado. Agradezco muchísimo cualquier orientación a mis zozobras hipotecarias.
Cordialmente,
Ramón

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El "trueque" se denomina permuta y paga los mismos impuestos que una compra-venta, ademas, de notario, registros, etc...
En tema de las hipotecas tendrá que consultarlo con el banco, pues dependerá de muchas circunstancias y sobre todo del contrato firmado... pero si suele tener gastos...
Ademas, al cambiar la propiedad de los bienes, tendrán que hacer la operación conforme con los bancos, que ademas cambiaran las escirturas de hipoteca. Normalmente mediante una cancelación y apertura de nuevas hipotecas, en ese o en otro banco...
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Hola!
PLanteo una situación un tanto complicada.
Me voy a vivir con mi pareja pero ésta tiene dos pisos comprados con un compañero.
a) La idea sería que cada uno se quedara con un piso a su nombre. ¿Está contemplado el trueque como forma de pago?, ¿Qué tipo de gastos requeriría una operación así?
b) ¿Qué gastos supondría un cambio en la titularidad de las hipotecas?
c) La hipoteca del piso que pasaría a ser de ambos está con un diferencial poco atractivo (1´25%) y un suelo del 4,24%. Entiendo que el mercado ofrece mejores condiciones. Ahora bien, ¿cómo se contemplaría una subrogación en la que se cambia los titulares (o uno de los titulares) y también la entidad bancaria?
En fin, todo un poco demasiado complicado. Agradezco muchísimo cualquier orientación a mis zozobras hipotecarias.
Cordialmente,
Ramón
Entonces, en el caso del trueque, entiendo que debería haber una tasación de cada bien a canjear y liquidar la parte correspondiente valorada a Hacienda, ¿no es así?
Gracias de nuevo.
Se suelen tomar los valores de las tablas de la Comunidad Autónoma, para determinar el valor de cara a Hacienda, y por lo tanto en las Escrituras.
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