HIPOTECA Seguros y domiciliaciones

Querría conocer si existe obligación de domiciliar la nómina al crear una hipoteca en una banco. Me dispongo a ello y querría conocer si existiría la posibilidad de únicente domiciliar la de mi pareja y la mía dejarla en mi anterior sucursal.
Por otro lado, saber si es obligorio el pago de un seguro de vida, por la misma razón y de cuanto tiempo mínimo obligatorio. Una es del 80 % de una VPO, la segunda la hacemos por el importe del 20 por cierto y ya nos han aceptado el tema de avalistas.
Conocer si entre cajas de ahorro y /o bancos pueden consultar los ahorros que tenemos en otras entidades, ya que nos indican que en función de esto estamos obligados a domiciliaciones, seguros... ¿no es privada esa información?

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Entre diferentes entidades no se pueden consultar sus ahorros (sea caja o banco) si usted no se lo facilita, o bien que ellos lo puedan deducir por su declaración de la renta.
El tema de la obligatoriedad de realizar seguros o domiciliación de nómina, en un principio solamente está usted obligado a asegurar "el valor al vuelo " que indica la tasación del piso.
A partir de aquí todas las entidades ofrecerán mejor precio dependiendo lo vinculados que estén con ellos. En un principio usted no tiene ninguna obligación pero si no vincula nada más el diferencial sobre el euribor que le cobrarán será muy elevado y no le compensará. No le pueden obligar pero el precio es libre y por supuesto será más caro cuanto menos vinculado.
Cualquier otra duda del tema estoy a su disposición.
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Vamos por partes:
1) Nunca es obligatorio, por ley, un seguro de vida. Otra cosa es lo que pacten las partes en el contrato, en tiempo, importe, etc... Si yo le doy un préstamo le puedo pedir que haga un seguro de vida, vd. tiene el derecho de no hacerlo y yo el de no darle la hipoteca...
2) Tampoco es obligatorio, por ley, la domiciliación de la nómina, ni una, ni dos ni nada. Pero, parece lógico hacerlo así ya que tendrá un compromiso de pagos fuerte todos los meses. Lo que las entidades quieren es clientes completos, con todo su negocio bancario con ellos, no solo el préstamo hipotecario. Por lo demás, salvo que esté estipulado en el contrato (lo suelen poner bonificando el tipo de interés), vd. puede ponerla y luego volver a quitarla y ya está, pero parece un poco deshonesto. Fijen las condiciones desde el principio y respétenlas.
3) Las entidades no conocen las posiciones de Ahorro/Riesgo en otras entidades, es privado evidentemente. Están en su derecho de solicitárselo al cliente y este de responder o no, pero como le decía antes las entidades quieren clientes completos, vinculados y fieles. Vd. sabrá si le interesa obtener el préstamo hipotecario con esa entidad y los requisitos que le ponen o le interesa tenerlo en otra con menos requisitos.

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