¿Obligación domiciliar 100% importe nomina vinculada a hipoteca?

Tengo la nomina vinculada en la hipoteca con una penalización si dejo de tenerla domiciliada. En ningún sitio pone mínimo de nomina alguno.
La empresa me da la opción de domiciliar un % de la nomina en una cuenta y otro % en otra cuenta y había pensado domiciliar un % de la nomina en otro banco, dejando unicamente un 30% de mi nomina en el banco donde tengo la hipoteca.
¿Me puede penalizar mi banco por reducir el importe de domiciliación de la nomina?

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Me extraña que no ponga una cantidad mínima de nomina, sin embargo supongo que te exigirán la domiciliación de "tu nomina" entera (100%) y no solo de un 30%. Supongo que la bonificación no se aplicaría al detectar que el importe baja un 70%!

Slds.

Hola. 

En la escritura solo pone literalmente "compromiso de la parte prestataria de mantener, durante la vigencia del préstamo la nomina" En ningún lugar pone importe mínimo alguno.

No se si esto sirve para aclarar la respuesta.

Un saludo y muchas gracias.

No pone importe mínimo pero pone "LA NOMINA" lo que significa el 100% de ella!

El banco podría interpretar que el 30% de la misma no es "LA NOMINA" sino parte de ella!

Slds.

Muchas gracias.

En muchos cuentas de domiciliación de nomina se cuidan mucho de poner un mínimo, así que dado que aquí no lo pone correré el riesgo.

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