Sobre subrogación hipoteca (2)

Quisiera continuar con la pregunta :Sobre subrogación hipoteca, que te han hecho hace 2 horas. Verás, mi caso es similar, se ha hecho la extinción de condominio, yo ya no soy propietaria pero si tengo el 50 % del préstamo. Me ha llegado al oído de que si contratas un abogado que presione al banco, éste cede a la subrogación cuando no existía un motivo aparente de no hacerlo, es decir, cuando mi expareja puede perfectamente hacerse cargo del préstamo pero el banco no cede. La extinción se hizo hace más de 1 año, es evidente que no he pagado nada de ese préstamo. Quisiera saber si hay alguna posibilidad ademas de que otra entidad haga un oferta vinculante de presionar al banco inicial.

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Estimada Sra.
Siento decirle que al que la haya dado esa idea o le haya informado de ese modo está completamente desinformado.
Primero - porque por un lado existe una relación entre los propietarios del inmueble y por otro lado la relación de estos con el banco. Son dos elementos que muchos quieren confundir pero que son inconfundibles por cuanto el banco no es responsable o corresponsable de los elementos que afecten o varíen en las relaciones de pareja o entre socios.
Segundo - Una vez transmitida la propiedad el Banco no queda obligado al cambio de las condiciones de hipoteca por cuanto inclusive (si hicieran fuerza con las clausulas que se firman ante notario) podrían decretar la extinción de las condiciones, el aumento del riesgo y por consiguiente la rescisión y la amortización total y anticipada del préstamo.
De hecho, por si no le han informado, las medidas de presión que un abogado pueda ejercer contra un banco pueden llegar a generarle problemas a vd., y al abogado por cuanto el banco está siguiendo las reglas del juego de la relación y no está proponiendo un incumplimiento de contrato.
Las empresas (y los bancos lo son) tienen potestad total y absoluta para considerar los riesgos (discúlpeme la expresión) como les venga en gana y prestar el dinero (como empresas que son, insisito) a quién les parezca bien dentro de la observancia más estricta de las normas bancarias.
Si consideran que el banco no está procediendo adecuadamente la única opción es solicitar que otras entidades realicen una propuesta de subrogación hipotecaria y si encuentran una entidad que quiera asumir el nuevo riesgo no tienen más que presentar la oferta de subrogación vinculante y ya está.
Pero forzar a un banco que no ha cometido falta alguna a que subrogue un préstamo hipotecario no es posible por cuanto el abogado no puede o no dispone de criterios suficiente para asegurar que la consideración de solvencia es errónea por cuanto desconoce de medio a medio los criterios del banco.
Se puede ir contra el banco si el banco contraviene una ley pero en caso contrario es absolutamente soberano para tomar las decisiones que considere respecto a quién concede o no un determinado producto financiero o una renegociación del mismo mal que nos pese a todos los Españoles.
Hola,
Perdón por el retraso. Antes que nada gracias por tu respuesta, es totalmente razonable, y mi pregunta anterior bastante absurda.
Partiendo de que otro banco conceda la hipoteca a mi ex novio solo, este banco se debe poner en contacto con el actual y a su vez este último hacer una contraoferta. Una vez zanjado todo, ¿cómo me repercute en cuestión de Hacienda?, es decir, yo salgo de la hipoteca mediante subrogación: ¿Se trata de una donación del 50% del pago a mi persona? ¿Y cómo tal tengo que pagar a Hacienda?.
Muchas gracias,
Saludos
No, en este caso existe una subrogación de la totalidad del préstamo y por tanto desapareces del contrato sin que te afecte en modo alguno.
No podrás desgravarte de la declaración las cantidades correspondientes.

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