Impuesto sobre sociedades

Estoy cerrando la contabilidad de una sdad limitada laboral, se creó el año 2001 entonces se cerró sin beneficios es decir con perdidas, ¿pero si que este año con motivo de una subvención pues tengo de beneficios antes de impuesto (según balance de p y g) de 19659,10?. Entonces puesto que no he efectuado ningún pago fraccionado como se contabilizaría el impuesto de sdades y tendría que efecturar pago fraccionado en abril(como seria en su caso).

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En primer lugar te diré que no existe obligación tributaria alguna de realizar pagos fraccionados si tienes base imponible negativa.
Cuando cierras el año:
1º- ya tienes la base que es 19.659,10
Ahora contabilza (y restas lógicamente o sumas a ese valor)
a- Dotación del 1% del saldo de clientes(restas)
694 a 490
b-Si dotaste la del año pasado, la desdotas(aquí sumas)
490 a 794 (por el importe dotado el año pasado)
c-Si tuvieses un incobrable, dotarías la provisión (en este caso, deducela del 1%, y restas)
694 a 490
Ya tienes el rdo contable.
En caso que amortizes más acelerada (triple en caso de leasing, o por el 1,5 para el caso entidad de reducida dimension) tendrías una diferencia temporal (si es así, comentame y te digo como hacerlo).
630 (30 % de la diferencia del rdo con las provisiones)
Como no has hecho pagos fraccionados, no incluyes esa cuenta, entonces ahora tienes que compensar las perdidas de 2001, tendrás que hacer un abono de la cuenta 630 ya que supne un ingreso del ejercicio por ser contrapartida de un aumento del activo generado por el crédito a compensar ocntra hacienda:
4745 a 630(estos debiste hacer al tener perdidas)
Ahora que tienes beneficio, y en los ejercicios que lo tengas(no pudiendo superar en un ejercicio un importe superior a la base imponible) contabilizarías:
630 a 4745(al hacer el asiento del impuesto, compensa perdidas(se permite compensar en cinco años pero en la misma porporcion, situando por encima de cualquier distribución de beneficios). Si no has tenido muchas perdidas, compensalo todo ahora
630
A 4745
A 4752 (que es lo que vas a pagar a hacienda)
Vamos a ver lo mismo yo lo he hecho mal como era la primera vez te explico:
La regularización del año 2001 me salio perdidas que es la cuenta 129 p y g, entonces yo la impute y me aparece en el asiento inicial en la cuenta 121 que es la de resultados negativos de ejercicios anteriores, vamos que a mi no me aparece la cuenta 4745 ni he hecho dotaciones.La verdad es que estoy hecha un lio. No se si estará mal lo que hice lo cierto, es que yo tengo la cuenta 121 en mi asiento de apertura en este año 2002. ¿Entonces de alguna manera tendré que compensar yo esa cuenta no? Por favor estoy hecha un lio
Gracias por ayudarme si puedes
La cuenta 121 la tienes bien, no te la mencione pero el plan general contable indica que las pérdidas de ejercicios anteriores se expresará en el pasivo en dicha cuenta, restando al patrimonio neto hasta que no sean saneadas mediante la aplicación de beneficios o compensación con cualquiera de las siguientes posibilidades:
129 (con rdos positivos de ejercicios posteriores)
122 (con aportaciones de socios)
117 ó 112(con cargo a reservas)
100 (con cargo a la cuenta de capital social)
A 121
Tu lo que vas a hacer es compensarla con beneficios posteriores, entonces este años lo que tendrás en cuenta sera lo siguiente:
La eliminación de dichas pérdidas podrás compensarla en los cinco ejercicios siguientes en la cuantía que estimes conveniente, pero con la obligación de hacerlo en la misma proporción.
Su registro contable(EL DE LA PERDIDA), consistirá en el abono de la cuenta 630 con cargo a la cuenta 4745(Crédito por perdidas a compensar en el ejercicio 2001, asiento que has hecho al obtener la perdida), así en los ejercicios sucesivos que tengas beneficio, tu harás:
630
A 4745 (crédito por perdidas a compensar en el ejercicio 2001), así hasta que saldes la cuenta 4745.
Si la empresa no tiene viso de tener ejercicios posteriores con beneficio el asiento seria 679 a 4745, pero tampoco te lies.
Lo dicho, tu has tenido perdidas, entonces al cerrar el año hiciste:
4745 a 630(asiento invertido, ya que es un crédito impositivo, para poder compensar tus perdidas)
Y según vayas compensando dichas perdidas, lo que harás al final de año al contabilizar el beneficio:
630
A 4745 (ahí compensas, o todo, o parte pero en la misma proporción)
A (lo que te salga de liquidación, que lo que liquides no sea superior a la base, ya que eso no se puede)
Si tienes dudas me lo dices(¿qué asiento del impuesto realizaste el año pasado?)
Perdona otra vez yo.
El año pasado 2001 que fue mi primer ejercicio hice el asiento de regularización y me salieron perdidas (129)y ya esta, no hice nada de haciendo invertido con la cuenta 630, ya que no lo sabia. Yo al inicio del año 2002 saldé esas perdida (129) con la cuenta 121. Entonces este año me salen beneficios cuando he realizado el proceso de regularización (129).
Estaría correcto lo siguiente:
- Compenso la 121(pedidas ejercicio anterior) con 129(bº antes de impuesto de este año 2002).
- Supongamos que me sigue saliendo beneficios pues entonces hago:630 a 4752.
- ¿Si me salen perdidas que hago? Lo que debería haber hecho el año pasado: 4745 a 630 y si el año pasado me siguen saliendo perdidas que hago lo mismo..
Dime si esta bien o no por favor, gracias por tu interés. Saludos
Tendrías que haber contabilizado el asiento 4745 630, en el momento de existir perdidas, (antes de hacer el cierre, es decir calcularías el impto que al ser perdidas, pues traspasas el 30% a ese asiento, y luego regularizarías), llevando el asiento 1219 a 129 cuando se celebrase la junta (distribución) el 30-06-02(fecha limite)
Vamos a ver, la existencia de perdidas compensables fiscalmente dará origen a un crédito impositivo que representa un menor impuesto a pagar en el futuro, la contabilización a la cuenta 4745 se hará cuando este razonablemente que vas a cobrar dicha deuda, así que al no haber hecho asiento alguno el año pasado, este año, compensa la cuenta de perdidas y ganancias (129) con la 121 (contraasiento).
Al tener perdidas hiciste: 121 a 129 (diste de baja la 129 para trasladarla a la 121), cuando este año hagas el precierre antes del calculo del impuesto de sociedades, si tienes un beneficio de 4000, harás:
630 1.200(30% base)
A 4752 1.200
Luego haces el asiento de regularización, y te da en la cuenta 129 un saldo de 2.600, cuando en junio(30-06) tengas la junta general y decidas el reparto de beneficios procederás al traspaso por aplicación del resultado:
129 ....2.600
a 121......2.600
Y el saldo de la cuenta 121 (si pudieses saldarle todo, hazlo) le dejaras pendiente para el beneficio del ejercicio 2004.
Tienes una salvedad, ¿cómo realizaste el impuesto de sociedades de 2.002?, ¿Ya qué tendrías que haber incluido las perdidas?
Otra vez, perdona por todo el trabajo que te estoy dando, ahora si que no se nada.
Yo estoy ahora cerrando el año 2002 para presentar los libros.No se por donde empezar, resulta que me salen perdidas y no beneficios por parte a ver si me entero. Yo he realizado haciendo contable del impuesto sobre sdades del 2001, puse 121 a 129 por las perdidas. ¿Qué tendría que haber contabilizado?
Otra cosa, ¿cómo ahora sé seguro que me han salido perdidas en este año 2002 antes de impuesto que hago? Teniendo en cuenta el saldo que tengo en la cuenta 121. Como cierro por favor a ver.
Date cuenta que yo tengo un saldo 121 que es supuestamente el asiento del impuesto de sdades.
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