Contabilización mayor importe impto. Sociedades.

Al cerrar la contabilidad de 2010 contabilicé una previsión de Impuesto sobre Beneficios inferior en 250 euros a lo que ahora resulta al hacer la liquidación del mod. 200 por haber tenido en cuenta unos gastos que no son procedentes.
¿Cómo debo de contabilizar ésa diferencia?
Por lo que he leído, debo de cargar a la cuenta 633. Si es así, ¿Esta diferencia me aparecerá en la cuenta de PyG de 2011?
Muy agradecido por su ayuda.

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Es correcto lo que dices, y debes saber, además, que todo movimiento que realices con las cuentas del grupo 6 y 7 tendrán repercusión en la cuenta de PyG.

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