Ere y fogasa
Lo primero es agradeceros a todos vuestra colaboración y ayuda. Ahora quisiera que pudieras darme algo de luz para tratar de contabilizar un asunto:
Tengo una serie de trabajadores a los que la empresa les liquidó a lo largo de los meses de Enero y Mayo de 2009 y le despidió. Su nómina fue abonada pero su liquidación y finiquito quedó pendiente de pago. El IRPF y los seguros sociales de esos meses fue aplazado y finalmente como la empresa ha entrado en concurso de acreedores tanto el IRPF como los Seguros Sociales han pasado a formar parte de la masa concursal.
Ahora, tras juicio, empresa y trabajadores han llegado a un acuerdo de que les va a pagar el "fogasa".
¿Qué debo hacer con esas nominas?, ¿Declaraciones del IRPF de esos meses e incluso con el 190?, ¿El certificado de empresa que importes debe de incluir?
¿No se si esas liquidaciones deben ser anuladas y por tanto reducir las masas del IRPF y de los Seguros Sociales en su cuota correspondiente?
Tengo una serie de trabajadores a los que la empresa les liquidó a lo largo de los meses de Enero y Mayo de 2009 y le despidió. Su nómina fue abonada pero su liquidación y finiquito quedó pendiente de pago. El IRPF y los seguros sociales de esos meses fue aplazado y finalmente como la empresa ha entrado en concurso de acreedores tanto el IRPF como los Seguros Sociales han pasado a formar parte de la masa concursal.
Ahora, tras juicio, empresa y trabajadores han llegado a un acuerdo de que les va a pagar el "fogasa".
¿Qué debo hacer con esas nominas?, ¿Declaraciones del IRPF de esos meses e incluso con el 190?, ¿El certificado de empresa que importes debe de incluir?
¿No se si esas liquidaciones deben ser anuladas y por tanto reducir las masas del IRPF y de los Seguros Sociales en su cuota correspondiente?
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