Valor de participación

Una sociedad limitada va a vender las participaciones, lo que quiero saber cuál es el valor que tiene para calcular el beneficio del socio . El patrimonio neto es negativo, pero tiene un activo bastante elevado. ¿Tengo qué calcular el valor neto contable o puedo sacarlo por el valor de los activos?

1 respuesta

Respuesta
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Deberías matizar exactamente para que quieres calcular el beneficio del socio.
Si el socio es otra mercantil, el beneficio vendrá dado por el valor en libros que tenga contabilizado.
Si el socio es persona física, la valoración solo afectará a la tributación de plusvalías en el IRPF, lo cual habrás de calcularlo aplicando la normativa fiscal al efecto. La normativa fiscal realiza una valoración por capitalización de beneficios, no atiende a los activos.
Deberías matizar algo más tu pregunta.
Espero haberte ayudado, cualquier otra consulta no dudes en realizarla.
Lo aclaro, el socio es una persona física, y las participaciones son de una sociedad que tiene el patrimonio neto, y claro las va a vender por un precio muy superior, pero para calcular la ganancia patrimonial, ¿qué precio de adquisición se debe de tomar?
El precio de adquisición a tomar será el satisfecho por el actual vendedor en su momento incrementado en los gastos correspondientes, de notaría, registro, etc..
En el caso de que no las comprara, sino que las suscribiera, sería por el valor nominal de las mismas, que son los capitales realmente desembolsados para tomar su titularidad.
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Tu pregunta puede estar más enfocada desde un punto fiscal. La ley actual del IRPF, solo marca precios mínimos de venta que puedes consultar en la ley del mismo o remitirte a un experto en fiscalidad.
? Espero haberte ayudado, si tienes otra consulta no dudes en hacerla.
¿Yo lo que quiero saber si el valor de adquisición de las participaciones es que se desembolso en un principio o el valor actual que es negativo?
Ya te he respondido.
El valor de adquisición es el inicialmente (no especificas, si las compro, si las suscribió, ni cuando) desembolsado en compraventa, o desembolsado en suscripción.
No es el actual valor teórico.
Fiscalmente, el valor teórico actual lo único que afecta es para una limitación al mínimo que se te dejaría declarar como precio de venta.
Gracias, ahora si lo entendí, las participaciones son de cuando se constituyó la sociedad y ampliaciones de capital, ¿se coge el valor nominal de esas escrituras?
Efectivamente, el valor de adquisición es el nominal actual, que es fruto de la suscripción inicial, y posteriores ampliaciones y/o reducciones que hayan existido.
Evidentemente esto es así si el partícipe nunca ha comprado participaciones a otros socios, caso en el cual habría que remitirse a esas compraventas para esas participaciones.
SI te he entendido el caso que te manejas se refiere a un participe que lo es desde el inicio de la sociedad, que ha acudida a distintas ampliaciones de capita, que nunca ha comprado participaciones a otros participes ni a la sociedad (de autocartera me refiero) y que ahora vende todas las participaciones que posee. Si es así, el valor de adquisición de estas acciones corresponde con el nominal, puesto que en una SL no puede haber capital social sin desembolsar.

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