Contabilidad

Buenas tardes, es el 1er año que llevo la contabilidad de una pyme y por distintas noticias he leído algo de que en Junio hay que hacer un asiento por reparto de beneficios del año anterior, pero yo no he hecho nada y en los asientos que otros año hacía otro contable tampoco veo ningún asiento.
¿Me podrías aclarar como sería el asiento?, en caso de ser necesario hacerlo.
Muchas gracias y un saludo.

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Se reparten beneficios siempre que los haya, no existan perdidas de ejercicios anteriores y estén dotados las reservas legales y estatutarias que ordena el reglamento y siempre que los socios quieran. No es obligatorio ya que todo el beneficio no repartido se recoge en la cuenta Remanente o Reservas voluntarias (después de descontadas las reservas obligatorias como he dicho). El beneficio a repartir esta sometido a una retención del 18% que deberás ingresarlo en la H.P.(al igual que las retenciones de los trabajadores). Valora la pregunta.

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