Impuesto sobre transmisiones patrimoniales

Me urge contabilizar el impuesto de transmisiones patrimoniales y necesito vuestra ayuda. Se ha donado un vehículo a la empresa y por ello se paga dicho impuesto. ¿Lo considero como otros tributos? ¿Cuál es la cuenta más correcta?

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1º. Según las Normas de Valoración del PGCE, el importe satisfecho por IMPUESTOS INDIRECTOS NO COMPENSABLES representa un MAYOR VALOR de los bienes o servicios gravados por dichos Impuestos.
2º. El VEHÍCULO adquirido a titulo lucrativo por la empresa debe figurar en el ACTIVO DEL BALANCE como un elemento del INMOVILIZADO MATERIAL por su PRECIO DE ADQUISICIÓN.
3º. En el caso de una DONACIÓN, el VEHÍCULO adquirido tiene, en principio, un PRECIO DE ADQUISICIÓN NULO.
4º. No obstante, puesto que los IMPUESTOS INDIRECTOS NO COMPENSABLES se suman al PRECIO DE ADQUISICIÓN; de hecho el VEHÍCULO se registrará contablemente por el importe del Impuesto devengado (ISD).
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. Una vez FINALIZADA y VALORADA esta consulta, no dude en plantear NUEVAS preguntas para resolver sus dudas.

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