Factura comercial

Enviamos maquinaria para una feria a un país no comunitario. No traspasamos la propiedad, no la vendemos.
Para el despacho de aduanas, la exportación temporal requiere una factura comercial. ¿Se ha de registrar en contabilidad como una venta? ¿Y cuándo se devuelve la máquina se hace un abono?
O no se registra nada y se anota como inventario fuera de propias instalaciones.

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En principio, el tratamiento que se le da a esa maquinaria es el de un arrendamiento, por lo tanto, solo deberás conservar la factura en los registros de inventario.
Es decir, que aunque salga del almacén, la empresa no traspasa la propiedad, por lo que no tendrá que recogerla como una venta.

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