I.G.I.C. Impuesto general indirecto canario

En el 4 trimestre se presento la liquidación trimestral de igic. Pero después aparecieron varias facturas entonces tengo un descuadre en el IGIC que modelo tengo que utilizar para hacer una complementaria y como si de igic soportado en el 4 trimestre no se presento nada y había que haber presentado 264.83

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<%=Texto%>creo entender que lo que no has contabilizado son facturas de IVA Soportado; en ese caso no hay ningún problema, la LEy del IVA admite cuatro años atrás para poder desgravarse las facturas, con lo cual las contabilizas en este año y en paz.
Estás hablando de poco volumen y por eso te digo que lo contabilizes en 2005.
La ley dice que el IVA lo puedes deducir este año, PERO las bases imponibles hay que imputarlas al ejercicio en el cual se produjeron.
Si las contabilizas en 2004 te modifica todo y además el 347 que ya está presentado.
Mi consejo es que lo hagas en 2005, fecha 01-01-2005 y no presentes ningún complementario que lo único que te va a producir es un requerimiento de Hacienda y una sanción por fuera de plazo. Tú decides.

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