Recurrir inspección periódica de ascensores

Hace un mes tuvimos que pasar en nuestra comunidad la inspección periódica del ascensor. En la misma nos comunicaron que no era preciso que estuviéramos, que solo era necesario el técnico de Otis y el de Atisae. Más tarde nos llegó el informe técnico en el que se nos indicaba un defecto leve pero se nos hacen 4 prescripciones del decreto 57/05 por el que tenemos la obligación en el plazo de un año desde la inspección de realizarlas.
Uno de los puntos es el del famoso sistema de comunicación bidireccional, el cual, en consulta hecha meses atrás a la consejería de industria me dijeron que no estaba aun muy claro.
Por todo esto mi consulta es si se puede recurrir este punto de la inspección ya que creemos que según el decreto no es obligatorio por las características de nuestra comunidad.
Respuesta
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Por supuesto que lo puedes recurrir, pero no a la empresa de mantenimiento ni al Organismo de Control, si no a Industria (Consellería, consejería o como se diga donde vives). Tienen razón en que no está claro, pero sólo ellos pueden aclarar este punto; por tanto si no estás de acuerdo, que te lo expliquen ellos. Ahora sí, tienes que ser listo para que no demoren tu consulta

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