Comunidad de Propietarios con desperfectos en las terrazas exteriores

En mi Comunidad algunas terrazas exteriores, tipo balcones, tienen desperfectos en el techo debido a pequeñas filtraciones en las baldosas. Dichas terrazas no están cerradas y por tal motivo con las lluvias se filtran humedades.

Se ha solicitado presupuesto para reparar y pintar los techos, así como, también para impermeabilizar los suelos de baldosas con objeto de evitar las filtraciones.

En Junta de Propietarios se ha debatido el tema para aprobar el presupuesto y la mayoría de los propietarios (precisamente los que no tienen dicho problema) alegan que las terrazas exteriores no son zonas comunes, por lo tanto al ser zonas privadas el costo de la reparación de techos y suelos corresponde privadamente a cada propietario afectado.

Los afectados por las humedades entendemos que las terrazas, como parte integrante de la fachada, se deben de considerar elemento común de uso privativo

Mi pregunta: ¿Las terrazas exteriores (tipo balcones), que son de uso exclusivo del propietario del piso, se consideran elementos comunes o privados?

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De forma general y sin verlas " in situ", son elementos privativos de cada propietario. Son los dueños los que deben asumir los gastos de reparación y mantenimiento.

La única excepción serían los techos de las terrazas de la última planta si la configuración de la cubierta del edificio fuera diferente de la del resto de terrazas.

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