Mi vecino me obliga a levantar un antiguo muro

Ante todo perdón por no explicarme correctamente pues no entiendo mucho del tema y en estos momentos me encuentro desesperada.
Hace dos años compramos una vieja casa que estaba a punto de derrumbarse. La casa no tiene patio pero la parte de atrás colinda con el gallinero del vecino. En el muro de la parte de atrás existían dos ventanas, una en la primera planta y otra en la segunda.
No nos gustaba esa distribución, por lo que decidimos retirarmos 1.5m hacia dentro para poder dejar un pequeño patio de luces y pode poner una barbacoa en la planta de abajo y en la primera planta y la segunda abrimos unas ventanas más grandes. De esta forma queda la nueva casa por un lado 1.5m de patio de luces y el antiguo muro a punto de derrumbarse (el que colinda con la parte de atrás del patio del vecino). Hablamos con el vecino y nos da permiso para derrumbarlo i así que entre más luz en mi casa quedando entonces la pared medianera el patio de luces y la casa.
Un constructor me comento que aunque es una pared medianera pertenece a mi casa i el vecino tendría que pagarme si quiere hacer uso de ella.
Bueno, el problema viene cuando de repente el vecino quiere que ahora volvamos a levantar ese muro pues según el le amenazamos su intimidad. ¿Es correcto que nos haga hacer esto? ¿Hasta qué punto me tiene que exigir que levante una pared en mi medianera cuando el tiene construido encima de mi medianera? ¿Le rompo yo su intimidad i el puede construir al lado de mi medianera? Es que no lo entiendo y no se donde acudir. ¿Se tendría que apartar el también unos metros para hacer su dichoso gallinero?

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Si la pared derrumbada tenía consideración de pared medianera y no hubiese consentimiento para derrumbarla sí podría exigirles que se repusiese. En caso contrario si entiende que su intimidad está amenazada puede (en terreno propio) levantar un muro con las características que sean legales en su zona (siempre que ustedes tengan derecho de luces y vistas sobre su propiedad).
Respecto a los retranqueos si se admite en esa zona adosar edificaciones y existen muros medianeros entiendo que posiblemente pueda edificarse hasta el límite de parcela excepto en caso de tener adquiridos derechos de luces y vistas. A ese respecto la distancia de 1.5m es demasiado pequeña para poder ver hacia el vecino si no hay ese derecho (en cuyo caso el vecino sí podría exigirles que tapiasen las ventanas que miran hacia el, o que levantasen un muro en el límite de la propiedad.
Respecto al gallinero (con gallinas u otros animales) deberían consultar la normativa urbanística de la zona para conocer si está autorizado a tenerlo.
En definitiva, si tienen derecho de luces y vistas sobre el vecino, este no se lo puede impedir, y si no lo tienen puede exigirles que o bien tapien las ventanas hacia su propiedad o construyan un muro en el límite de esta que impida esas vistas.
muchas gracias pero... ¿cómo puedo saber yo si la casa tiene derecho de luces y vista? La casa tiene más de cien años. ¿Tiene eso algo que ver? ¿Qué distancia tendría que haber dejado desde el muro hasta mi casa para poder abrir las ventanas?
Si en alguna escritura se reconoce ese derecho y no ha sido anulado por acuerdo posterior tendrán esa servidumbre por titulo.
Si no la tienen por titulo, al ser una servidumbre aparente (las ventanas mirando al vecino están a la vista) pueden haberla adquirido por haber pasado 20 años, pero habrá que demostrarlo en caso de litigio.
La distancia viene recogida en el código civil (Arts. 580 a 585) y es de dos metros en principio (aunque hay otras normativas como el CTE o las de habitabilidad, que para obras nuevas establecen distancias superiores) y si hay un derecho de luces y vistas adquirido condiciona al sirviente a no edificar a menos de tres metros.

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