¿No hay cedula y están viviendo que hacemos?

Hemos comprado un piso, que la obra finalizo en mayo, y supuestamente nos tendrían que haber dado ya las llaves.
Aun no nos las dado y nos dicen que están esperando que el ayuntamiento les envíe la cedula de habitabilidad.
Pero nuestra sorpresa fue que el otro día pasamos por la finca y en un piso había luz estaba amueblado etc... Vamos que estaban viviendo ya.
Hablamos con la inmo y nos dijo que si que estaban viviendo pero porque la promotora les ha dejado por ser un caso extremo, de acabrse el alquiler en el otro piso y no tener donde vivir..
¿Pero qué hay de legal ahí?
¿Se puede reclamar algo?

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Lamentablemente esto suele pasar mucho, entre las promotoras/cosntructoras y los ayuntamientos retrasan a veces mucho la Licencia de 1ª ocupación, sin la cual en "teoría" no se puede habitar la vda, por lo tanto sería "ilegal".
Aunque conozco casos que se ha habitado entera la urbanización y estaban enganchados a electricidad y agua de obra, osea ilegal pero "usual".
En tu caso, los ayuntamientos no se suelen meter mucho en si vive alguien o no (dependiendo de cada ayuntamiento). Si tienes capacidad de protestar a la inmobiliaria y poder conseguir que te dejen habitar o ir decorándolo (muebles, cortinas, etc) pues eso que adelantas.
Te recomiendo que preguntéis en el área de urbanismo que ocurre con esa licencia, porque lo más seguro que sea por culpa de la promotora que se le haya detectado algún fallo y no lo haya subsanado aún, así sabréis a quien presionar (ayto o promotora). Si es culpa del ayto a dar la brasa al concejal y si es de la promotora a la oficina.
En cuanto a la reclamación, deberás comprobar en tu contrato las fechas de entrega de la propiedad (no desde que se terminó la obra) y si han pasado 6 meses desde la fecha de entrega fijada y siempre que no hayan existido causas de fuerza mayor, podrás reclamar p.e. el alquiler de esos meses, si es que vives en ese régimen.
Según e preguntado han detectado tres fallos subsanables,
si le pidiera a la promotora que me dejara entrar a dejar meubles, ¿y decorar me deberían dejar?
¿CÓMO les podría presionar?
¿Se tarda mucho desde conceder la cedula a firmar la escritura?
¿Y una pregunta más? ¿Cuándo puedo reclamar los fallos que hayan en el piso para que me los arreglen?
Muchas gracias por tu ayuda.
Un saludo
Vamos por partes:
- Pues con los fallos subsanables es una cosa de la Promotora/constructora, no deberían de tardar tanto, digo yo, ya que cuanto antes entreguen la promoción mejor para ellos.
- En lo referente a que te dejen entrar sería un favor que ellos te hacen, depende tanto de tu poder de persuasión como de su voluntad (es decir de lo pesado que te puedas poner). Como argumento y medida de presión a tu favor es que hay gente viviendo, te puedes inventar cualquier excusa (aunque serán muy reticentes ya que si dejan a unos deberán dejar a todos).
- Cuando el ayuntamiento conceda la Cédula de 1ª ocupación la firma de escritura debería de ser inminente, ya que la notaría debería tener redactadas ya las escrituras a falta de estos últimos trámites (te podrías informar en la inmobiliaria que notaría está preparando las escrituras e informarte personalmente).
- Antes de firmar escrituras se suele hacer una visita al piso para comprobar los "posibles" defectos, se levanta un acta y procura que te faciliten una copia. A revisar aperturas de puertas/ventanas, sellados de ventanas, solados, alicatados, lo visible. Si existieran defectos ocultos o que no te dieras cuenta existen unos plazos legales para reclamar, no te preocupes por esto en exceso.
Saludos y espero que se arregle pronto el asunto.

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