Cerramiento legal de terraza en planta Ático

Hola,
acabo de comprarme un ático en la ciudad de Alicante. Mi problema es que el salón es un poco pequeño, cuestión que solucionaría si cerrara la mitad de la terraza y se la añadiera al salón.
Todavía no he firmado las escrituras. La promotora me dice que existen sistemas de paneles sándwich con los que se puede cerrar de modo que por dentro parece como cerrado por obra y tienen una gran capacidad de aislamiento tanto al frío como al agua (aunque aquí no llueve mucho, cuando lo hace, llueve con fuerza) y que se consideran sistemas "movibles", no definitivos y que son perfectamente legales. Incluso, y esto me extraña un poco, que precisamente por no ser de obra no hace falta ni pedir permiso al ayuntamiento.
Mi pregunta gira en torno a la calidad de estos cerramientos y, sobre todo, a la legalidad. Me gustaría saber realmente qué permisos necesito porque no quiero ningún problema, ni que ningún vecino pueda denunciarme o similar. Sé que la Comunidad aún no está constituida.
Mi más sincero agradecimiento por anticipado.

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El tema de los cerramientos y su legalidad tienes que mirarlo más exhaustivamente en las normas zonales de la vivienda. Para eso no hay norma general que te indique qué tipo de cerramiento se acepta. Te puedo decir que lo que te comenta la promotora puede que sirva, pero todo depende si el ayuntamiento hace "la vista gorda" con los cerramientos de terrazas (porque efectivamente, no se necesita permiso).
La calidad del cerramiento depende de sus características, si te han pasado algunas puedo echarte una mano al elegirla, porque como comprenderás hay tantos sistemas como fabricantes y calidades muy variadas que pueden darte resultados muy distintos.
Espero que te haya servido de ayuda. Si tienes alguna otra pregunta, no dudes en hacerla.

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