Incumplimiento de contrato en obra

Hace unos meses firmé un contrato para realizar una obra en una vivienda de mi propiedad.

En el contrato que firme con el constructor, era de siete meses mas uno de incidencias sin penalización. El contrato lo firmamos en julio de 2011 y la obra se inició según firmó el arquitecto y la aparejadora el 28-07-2012.

A fecha de hoy, 03-08-2012, la casa sigue sin estar acabada y creo que en este mes tampoco lo va a estar.

Mi pregunta esta la siguiente: ¿Para poderle aplicar la penalización que viene reflejada en el contrato que firmamos que es de 30 € diarios por día de retraso, qué tengo que hacer?

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Respuesta
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¿Y su arquitecto y su aparejadora no saben que hacer en estos casos?
¿No es la aparejadora la directora de ejecución y la que se supone debe firmar las certificaciones que le paga vd. al constructor y por tanto además de administrar su dinero, velar por el cumplimiento del plazo contractual?
¿El proyecto inicial ha sufrido alteraciones que justifique el retraso?
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El constructor y la aparejadora son "amigos" y el constructor realiza pequeñas reformas que le gestiona la aparejadora mientras debería de ejecutar la mía.

El proyecto inicial no ha sufrido cambios que afecten al plazo de ejecución.

Supongo que querrá decir del 28-07-2011
"A fecha de hoy, 03-08-2012, la casa sigue sin estar acabada y creo que en este mes tampoco lo va a estar" porque sino apenas ha pasado un mes.

Para poder darle una solución correcta y profesional a su problema en primer lugar habría que hacer un análisis de la siguiente documentación:

Análisis del contrato del constructor

Análisis del contrato de su Aparejadora

Acta de inicio de la obra.

Certificaciones firmadas de la obra o pagos realizados a cuenta.

Control del personal mantenido en obra durante contrato (coordinador de seguridad si hay)

Estado actual en que se encuentra la obra y ver posibles diferencias respecto a ejecución y pagado, mediciones etc. con lo que se podría llegar incluso a rescindir contrato con su aparejadora por mala gestión en cuanto a pagos.

Por último interés en rescisión de contratos y demandas si procede y reanudación de obra por otro técnico y constructor.

De todas las variables que se pueden generar de los análisis anteriores se determina el procedimiento más adecuado para seguir de acuerdo con la propiedad o sea vd.

No obstante si hay una cosa clara y que debería realizar ya, que es mandarle una notificación fehaciente al constructor si está decidido a emprender la batalla bien requeriento o Bureau fax indicándole los días de retraso efectivos y la penalización que ello le va a suponer, siempre y cuando no lleve obra pagada por adelantado porque entonces la actuación sería otra ya que como le digo hay múltiples variables a tener en cuenta.( Yo ya he tenido a lo largo de mi trayectoria profesional de todas las combinaciones posibles creo...)

Por tanto no puedo ayudarle más sin saber todo lo anterior. Si decide entrar a plantear el conflicto llámeme y quedaríamos para ver que le conviene más.

Saludos

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Nformes Periciales, Inspecciones Técnicas de Edificios (ITE), Dictámenes, Certificaciones, Proyectos de Rehabilitación y Reforma, Mediciones, Asesoramiento a comunidades, Técnico de cabecera, dirección de obras, Control de Calidad y Control económico de Obras.

ÁMBITOS DE ACTUACIÓN:(consultar según trabajo)
Aragón, Cataluña, Madrid, Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Soria, Murcia, Córdoba, Málaga, Almería, Granada y Jaén.

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Muchas gracias, he tenido una charla con el constructor y con la aparejadora y en principio esta semana va a estar acabada la obra. Muchas gracias otra vez por todo y espero acabe la vivienda ya. Un saludo.

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