¿Que normativa se debe aplicar a los parkings?

Un vecino ha convertido un local en parking, y no sabemos si ha respetado la normativa vigente según se indica en los estatutos de la comunidad que debe hacer. Cuál sería la normativa vigente a la que se refieren los estatutos?

Muchísimas gracias.

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Muchas explicaciones precisamente no facilita.

De entrada si no ha solicitado permiso a la comunidad de propietarios, aunque lo tuviera del Ayuntamiento -cosa que me extraña-, está obligado cuando menos a comunicarlo.

¿Ese señor ha modificado la fachada del edificio para poder instalar una puerta de acceso de vehículos o ya existía?.

En aras de preservar la integridad física y la de sus propiedades, la comunidad no le ha requerido formalmente para que aporte la documentación por la que se le autoriza el uso de un local como parking. Le hago saber que al guardar un vehículo que tiene un depósito de combustible, aceites, tapicerías, neumáticos, plásticos, etc. que son productos altamente inflamables

Gracias por la respuesta. Un dato que no he aclarado antes es que en los estatutos se establece la posibilidad de que este local se destine a parking siempre que la normativa vigente lo permita. Era esta la normativa que me gustaría conocer y no sé dónde consultar.

Otra cuestión, si esto pasó en 2007/8, podemos pedir explicaciones ahora o ya es tarde?

Muchas gracias de nuevo.

Tendrá que acudir a su Ayuntamiento para pedir una copia o referencia cuando menos de esa norma. Aunque sea de 2007, el derecho no se diluye sino con el paso de bastantes más años.

Ruego cierre y valore

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