Retirar ventana que obstaculiza el paso a mi vivienda en comunidad de propietarios

Hola,

En mi edificio, el acceso al patio donde se encuentra la entrada a mi vivienda (vivo en planta baja), está obstaculizado por la ventana de mi vecino cuando ésta está abierta, de modo que hay que esquivarla o apartarla para poder pasar sin golpearse con ella.

Yo ya me he golpeado en la cabeza dos veces con la ventana, la última de ellas ha sido un golpe importante (tuve que ir a urgencias), así que en la pasada junta de propietarios de hace un par de semanas le dije al administrador de la comunidad que quiero que se quite esa ventana o que se sustituya por otro sistema apropiado.

La respuesta que he recibido es que se tratará en la siguiente junta de propietarios (que a saber cuándo será y el resultado que se obtendrá), pero yo quiero que se quite o se sustituya ya porque existe un peligro constante de colisión.

Me gustaría saber qué se puede hacer para obligar a la comunidad a que se quite o sustituya la ventana... Denuncia en la policía, urbanismo...

Un saludo.

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Tiene tres vías:

-Realizarlo a través de junta, hable con el presidente para que convoque junta para tratar el tema haciéndole responsable en caso de no hacerlo de los peligros que ocurran, si se niega a convocarla mandeselo por burofax y ademas incluya solicitud de inclusión de ese punto en el orden del día de la siguiente junta art. 16.2 LPH. Adviertale que si no toma medidas denunciara a la comunidad en el juzgado.

-Acudir al departamento de urbanismo de su localidad haciéndoles también responsables si hay accidentes en caso que no actúen.

-Acudir al juzgado denunciando a la comunidad para que el juez les obligue.

Yo intentaría la primera inicialmente, si el presidente es normal no hará falta más si no acudiría a urbanismo y valore si quiere ir al juzgado, y ya le pediría incluso responsabilidades por tener que ir a urgencias.

La policía no le sirve porque si quieren tomar denuncia, muchas veces se niegan y le remiten a que denuncien en el juzgado y si no cursan ellos la denuncia en el juzgado.

Lo del juzgado supongo que será con abogado, procurador y perito. Nada apetecible.

Muchas gracias por la información y por la sugerencia. Me ha sido de utilidad.

Saludos.

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