Destitución administrador
Buenas tardes,
Después de múltiples intentos de que la administradora aporte justificación de gastos para una obra incorrectamente notificada, comunicada, ejecutada y posteriormente cobrada, se le exigió que convocara una reunión extraordinaria urgente. 15 días después colocó el orden del día para que se celebrara la junta 2 días más tarde (hoy).
Ella no se ha presentado, lo cual creo que es un incumplimiento gravísimo de sus obligaciones y funciones, ya que ella estaba convocada y el orden del día era tratar todos los puntos que tienen que ver con su mala gestión de una obra.
Los vecinos asistentes hemos decidido reunidos en junta cesarla de su cargo de inmediato. Para lo que vamos a proceder a escribir el acta, firmarla y hacérsela llegar en persona.
Mi pregunta es:
¿Cuántos días debemos darle para que aporte toda la documentación de la comunidad? ¿Qué documentación exactamente hemos de pedirle aparte del libro de actas y las cuentas? ¿Podemos retirarle acceso a la cuenta bancaria comunitaria? ¿Y qué plazo dice la ley que hay que pagar los servicios de un administrador una vez cesado de su cargo? ¿O esto depende del contrato particular de cada uno? Es decir, cesandola hoy, 11 de Marzo, una vez pagado el primer trimestre entero del año, ¿tenemos obligación de pagar el segundo trimestre si ha sido cesada antes del fin del primero?
Muchas gracias de nuevo.
Después de múltiples intentos de que la administradora aporte justificación de gastos para una obra incorrectamente notificada, comunicada, ejecutada y posteriormente cobrada, se le exigió que convocara una reunión extraordinaria urgente. 15 días después colocó el orden del día para que se celebrara la junta 2 días más tarde (hoy).
Ella no se ha presentado, lo cual creo que es un incumplimiento gravísimo de sus obligaciones y funciones, ya que ella estaba convocada y el orden del día era tratar todos los puntos que tienen que ver con su mala gestión de una obra.
Los vecinos asistentes hemos decidido reunidos en junta cesarla de su cargo de inmediato. Para lo que vamos a proceder a escribir el acta, firmarla y hacérsela llegar en persona.
Mi pregunta es:
¿Cuántos días debemos darle para que aporte toda la documentación de la comunidad? ¿Qué documentación exactamente hemos de pedirle aparte del libro de actas y las cuentas? ¿Podemos retirarle acceso a la cuenta bancaria comunitaria? ¿Y qué plazo dice la ley que hay que pagar los servicios de un administrador una vez cesado de su cargo? ¿O esto depende del contrato particular de cada uno? Es decir, cesandola hoy, 11 de Marzo, una vez pagado el primer trimestre entero del año, ¿tenemos obligación de pagar el segundo trimestre si ha sido cesada antes del fin del primero?
Muchas gracias de nuevo.
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Respuesta de Optimizo Administracion de fincas
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